EMPLAZAMIENTOS
EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de liquidación sucesión Notarial de la CAUSANTE: MARLENY GARCÍA TÉLLEZ, identificada con la cédula de ciudadanía No. 24.758.363, fallecida el 06/ julio/2018 en Manizales siendo Marquetalia-Cds., el último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número SEIS (#006) de fecha 11/ABRIL/2023. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día 12/ abril/ dos mil veintitrés (2023) a las ocho de la mañana (8 A.M.). ALICIA HURTADO GARCÍA. Notaria Única del Círculo.
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EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MARQUETALIA CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite de liquidación sucesión Notarial del CAUSANTE: LUIS ELIÉCER BERNAL VILLEGAS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.305.926, fallecido el 16/ abril / 2018 en Manizales siendo Marquetalia-Cds., el último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite fue admitido mediante Acta número CINCO (#005) de fecha 30/03/2023. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3º y 4º del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, desde el día 31/03/ dos mil veintitrés (2023) a las ocho de la mañana (8 A.M.). ALICIA HURTADO GARCÍA. Notaria Única del Círculo.
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EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DOBLE E INTESTADA del CAUSANTE FIDEL Y/O FIDEL MARÍA ARIAS ALVARADO Y ARACELLY Y/O MARÍA ARACELLY NIETO HENAO, quienes se identificaban en vida con la cédula de ciudadanía 1.222.809 y 24.936.073, y fallecieron en la Ciudad de Aguadas, Caldas, y Medellín, Antioquia, el día treinta y uno (31) de agosto de dos mil diecisiete (2017) y veinte (20) de julio de dos mil dieciocho (2018), tal y como se acredita con el registro civil de defunción inscrito en la Notaría Única del Círculo de Aguadas y la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas, Caldas, bajo el indicativo serial número 08533858 y 5301073, con fecha de inscripción del 1 de septiembre de 2017 y 23 de julio de 2018, respectivamente, (siendo el lugar de Aguadas (Caldas) su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejaron sus bienes relictos). Aceptado el trámite en esta Notaría el día cinco (05) de abril de dos mil veintitrés (2023), mediante Acta número SIETE (07). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el once (11) de abril de dos mil veintitrés (2023), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto se desfijará el día veintiséis (26) de abril de dos mil veintitrés (2023) siendo las 6:00 p.m. LA NOTARIA PAULA ANDREA RENDÓN RINCÓN. NOTARIA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE AGUADAS.
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EDICTO N° ESU 0039
EL SUSCRITO NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s)
RAÚL NICOLÁS ZAPATA VALENCIA CÉDULA DE CIUDADANÍA N° 16.077.650. Fallecido(s) el 23/06/2021, en la ciudad de Manizales - Caldas, y su último domicilio Manizales – Caldas y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 4 DE ABRIL DE 2023, por el Doctor NÉSTOR ALONSO LÓPEZ HINCAPIÉ, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional No. 364.463 del Consejo Superior de la Judicatura y de la Cédula de Ciudadanía No. 10.287.100, obrando como apoderado de VERÓNICA JOHANNA GIL COLORADO, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 1.060.646.626, JUAN JOSÉ ZAPATA GIL, identificado con Tarjeta de Identidad N° 1.054.876.620, y MARÍA JOSÉ ZAPATA GIL, identificado con Registro Civil de Nacimiento N° 37.813.957, en su calidad de cónyuge sobreviviente e hijos del causante. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0022 del 11 DE ABRIL DE 2023, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la NotarÍa por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 12 DE ABRIL DE 2023 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 25 DE ABRIL DE 2023 a las 6:00 P.M. Este EDICTO se elaboró el día 11 DE ABRIL DE 2023. EL NOTARIO JOSÉ FERNANDO VILLADA ALZATE. NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - NOTARIO ENCARGADO. EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 25 DE ABRIL DE 2023 a las 6:00 P.M. EL NOTARIO RODRIGO FERNANDO VALENCIA RESTREPO. NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES - NOTARIO TITULAR.
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA - CALDAS HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA, solicitado por el señor JORGE HERNÁN MUÑOZ CASTAÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.249.718, y que se constituirá sobre el siguiente inmueble: UNA FINCA CON CASA DE HABITACIÓN, DENOMINADA EL BOHÍO, DEL ÁREA RURAL DE LA VEREDA LOS CUERVOS DEL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA DEPARTAMENTO DE CALDAS, inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 100-19977 y ficha catastral No. 0001000000140131000000000. Quien tenga derecho a oponerse a la Constitución de patrimonio por ser lesivo de sus derechos como acreedores del constituyente, comparezcan en el término indicado. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de la ciudad de Manizales - Caldas, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 70 de 1931, modificado por la ley 495 de 1999 y por el artículo 37 de la ley 962 de 2005, reglamentado mediante decreto 2817 de 2006, artículo 5, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de quince (15) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY TREINTA Y UNO (31) DE MARZO DEL AÑO 2023 SIENDO LAS 8:00 A.M. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA - CALDAS HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA, solicitado por el señor JOSÉ FERNANDO MUÑOZ CASTAÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.260.715, y que se constituirá sobre el siguiente inmueble: LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN, DENOMINADA LOS NOGALES, DEL ÁREA RURAL DE LA VEREDA LOS CUERVOS DEL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA DEPARTAMENTO DE CALDAS, inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 100-13373 y ficha catastral No. 0001000000140153000000000. Quien tenga derecho a oponerse a la Constitución de Patrimonio por ser lesivo de sus derechos como acreedores del constituyente, comparezcan en el término indicado. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de la ciudad de Manizales - Caldas, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 70 de 1931, modificado por la ley 495 de 1999 y por el artículo 37 de la ley 962 de 2005, reglamentado mediante decreto 2817 de 2006, artículo 5, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de quince (15) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY: TREINTA Y UNO (31) DE MARZO DEL AÑO 2023 SIENDO LAS 8:00 A.M. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA - CALDAS HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA, solicitado por el señor CARLOS ALBERTO MUÑOZ CASTAÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.241.026, y que se constituirá sobre el siguiente inmueble: LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN, DENOMINADO EL PORVENIR, DEL ÁREA RURAL DE LA VEREDA SAN JULIÁN DEL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA DEPARTAMENTO DE CALDAS, inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 100-31276 y ficha catastral No. 0001000000130181000000000. Quien tenga derecho a oponerse a la Constitución de Patrimonio por ser lesivo de sus derechos como acreedores del constituyente, comparezcan en el término indicado. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de la ciudad de Manizales - Caldas, en cumplimiento a lo dispuesto en la ley 70 de 1931, modificado por la ley 495 de 1999 y por el artículo 37 de la ley 962 de 2005, reglamentado mediante decreto 2817 de 2006, artículo 5, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de quince (15) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY: CINCO (05) DE ABRIL DEL AÑO 2023 SIENDO LAS 8:00 AM. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
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EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA, solicitado por el señor CARLOS ALBERTO MUÑOZ CASTAÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.241.026, y que se constituirá sobre el siguiente inmueble: LOTE DE TERRENO CON CASA DE HABITACIÓN, DENOMINADO AURORA, DEL ÁREA RURAL DE LA VEREDA MIRAFLORES DEL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA DEPARTAMENTO DE CALDAS, inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 100-77610 y ficha catastral No. 0001000000130172000000000. Quien tenga derecho a oponerse a la Constitución de Patrimonio por ser lesivo de sus derechos como acreedores del constituyente, comparezcan en el término indicado. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de la ciudad de Manizales - Caldas, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 70 de 1931, modificado por la ley 495 de 1999 y por el artículo 37 de la ley 962 de 2005, reglamentado mediante decreto 2817 de 2006, artículo 5, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de quince (15) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY CINCO (05) DE ABRIL DEL AÑO 2023 SIENDO LAS 8:00 AM. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.
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LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE CHINCHINÁ CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días siguientes a la Publicación de este edicto en el periódico, en el trámite de liquidación sucesión notarial de los causantes MARÍA GRACIELA BARCO DE VELÁSQUEZ y LUIS ANTONIO VELÁSQUEZ MEJÍA, quienes se identificaban con las cédulas de ciudadanía números en su orden 24.750.052 y 1.414.203, cuyo domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Chinchiná, fallecidos ambos en Cali, Valle del Cauca, la primera el 01-09-2014 y el segundo el 14-09-2020. Aceptado el trámite se ordena la publicación del edicto en el periódico La Patria y en la emisora local cumpliendo con el artículo 3° Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy 11 de Abril de 2023 siendo las 8.00 A.M. LUZ MARINA VALENCIA PELÁEZ. NOTARIA PRIMERA.
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