EMPLAZAMIENTOS

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA E ILÍQUIDA DEL CAUSANTE HÉCTOR ARIAS GALLEGO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 16.050.229. Aceptado el trámite en esta Notaría el día veintiséis (26) de abril de 2024, mediante Acta número ONCE (11). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día veintisiete (27) de abril de 2024 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS.
30-IV-24-H128011

EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE JOSÉ RAÚL CARDONA CARDONA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía 75.046.632, y falleció en la Ciudad de Aguadas, Caldas, el día veintiséis (26) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), tal y como se acredita con el registro civil de defunción inscrito en la Registraduría Municipal del Estado civil de Aguadas, Caldas, bajo el indicativo serial número 11392618, con fecha de inscripción del 26 de marzo de 2024, (siendo el lugar de Aguadas (Caldas) su último domicilio, el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos). Aceptado el trámite en esta Notaría el día veintiséis (26) de abril de dos mil veinticuatro (2024), mediante Acta número SEIS (06). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el veintisiete (27) de abril de dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto se desfijará el día quince (15) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) siendo las 6:00 pm. EL NOTARIO MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS.
30-IV-24-H128012

LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA EGDA DEL CÍRCULO DE CHINCHINÁ CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 10 días siguientes a la Publicación de este edicto en el periódico, en el trámite de LlQUIDACIÓN NOTARIAL DE HERENCIA del causante JESÚS ALBINO MONTES BEDOYA, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 18.613.611, cuyos domicilio y asiento principal de sus negocios fue la ciudad de Chinchiná Caldas, fallecido el 07 de Octubre de 2019. Aceptado el trámite se ordena la publicación del edicto en el periódico La Patria y en la emisora local cumpliendo con el artículo 3° Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy 25 de Abril de 2024 siendo las 8.00 A.M. BLANCA LUCY GIRALDO OSORIO. NOTARIA PRIMERA EGDA.
30-IV-24-H128018

EDICTO N° ESU 0033 
EL SUSCRITO NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES 
EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de Intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del(los) causante(s) JOSÉ ALBINO GALVIS CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 4.312.245.  Fallecido(s) el 24/06/2020, en la ciudad de Anolaima, Cundinamarca, y su último domicilio Manizales – Caldas y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 25 DE ABRIL DE 2024, por el señor ARMANDO PÉREZ VARELAS, mayor de edad, vecino de Manizales, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 15.322.111, EN CALIDAD DE Subrogatario de derechos herenciales universales. Se inició el trámite mediante el ACTA N° AAS 0021 del 29 DE ABRIL DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 30 DE ABRIL DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 15 DE MAYO DE 2024 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 29 DE ABRIL DE 2024. EL NOTARIO GILDARDO GIRALDO FRANCO. NOTARIO TERCERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES – NOTARIO ENCARGADO.  EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 15 DE MAYO DE 2024 a las 6:00 PM. EL NOTARIO.
30-IV-24-H128017

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA - CALDAS HACE SABER A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los 15 días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA, solicitado por los señores: PAULA ANDREA CARMONA GALEANO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 30.405.286 Y VÍCTOR JULIÁN PRIETO SÁNCHEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.073.128, y que se constituirá sobre el siguiente inmueble: UNA FINCA RURAL, UBICADA EN EL ÁREA RURAL DEL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA DEPARTAMENTO DE CALDAS, EN LA VEREDA VILLARAZO DENOMINADA EL CEDRAL, inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 100-14076 y ficha catastral No. 0001000000160011000000000. Quien tenga derecho a oponerse a la Constitución de Patrimonio por ser lesivo de sus derechos como acreedores del constituyente, comparezcan en el término indicado. Se ordena la publicación de este edicto en un periódico de la ciudad de Manizales - Caldas, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 70 de 1931, modificado por la ley 495 de 1999 y por el artículo 37 de la ley 962 de 2005, reglamentado mediante decreto 2817 de 2006, articulo 5, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el termino de quince (15) días. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY: NUEVE (09) DE ABRIL DEL AÑO 2024 SIENDO LAS 8:00 AM. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA. 
30-IV-24-H128016

EDICTO 
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Liquidación de Herencia dentro la Sucesión Doble e Intestada de los causantes JOSÉ ARISTIDES LÓPEZ GUTIÉRREZ Y MARÍA OLGA ALZATE AGUDELO quienes se identificaban con la cédula de ciudadanía números 1.198.139 Y 25.088.862, quienes fallecieran en los Municipios de Salamina Caldas y Bello Antioquia, los días 29 de Marzo de 1983 y 10 de Junio de 2019 respectivamente y en Salamina Caldas, tenían su domicilio, el asiento principal de su negocio y donde dejaran los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 11 del 24 de abril de 2024, se ordena publicar el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los Veinticinco (25) días del mes de Abril del año dos mil veinticuatro (2024) a las 8.00 AM. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
30-IV-24-H128020

EDICTO 
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Liquidación de herencia del causante LUIS JAIRO CARDONA DELGADO quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 8.264.831, quien falleciera en el Municipio de Manizales Caldas, el día 14 de Agosto de 2021, y en Salamina Caldas, tenía su domicilio, el asiento principal de su negocio y donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 09 del 20 de abril de 2024, se ordena publicar el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los Veintitrés (23) días del mes de Abril del año dos mil veinticuatro (2024) a las 8.00 AM. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.
30-IV-24-H128019

EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión doble e Intestada de los causantes JOSÉ OCTAVIO HENAO TABARES, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.310.206, fallecido en el municipio de Manizales, el día quince (15) de marzo de mil novecientos noventa y cinco (1995), lugar de su último domicilio y HELENA VALENCIA DE HENAO, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.281.196, fallecida en el municipio de Manizales, el día veintinueve (29) de septiembre de mil novecientos noventa y seis (1996), lugar de su último domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO SETENTA Y CUATRO (74) DEL DÍA VEINTISÉIS (26) DE ABRIL DE LA CURSANTE ANUALIDAD, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy veintinueve (29) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO.
30-IV-24-H128015

EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión Intestada del causante EDUARDO TRUJILLO RAMÍREZ, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.249.132, fallecido en el municipio de Medellín, el día diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), siendo la ciudad de Manizales, lugar de su úLtimo domicilio. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante ACTA NÚMERO SETENTA Y CINCO (75) DEL DÍA VEINTISÉIS (26) DE ABRIL DE LA CURSANTE ANUALIDAD, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy veintinueve (29) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.).
JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO. 
30-IV-24-H128013

EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión intestada del causante LUIS MARINO RESTREPO OSPINA, identificado con la cédula de ciudadanía número 6.069.391; quien falleció en el municipio de Manizales, el día veinticinco (25) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número setenta y tres (073) del día veinticinco (25) de abril de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible del Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy veintiséis (26) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho del mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS). Mayo catorce (14) del año dos mil veinticuatro (2024). El presente edicto se desfija en la fecha, siendo las seis de la tarde (06:00 PM). 
30-IV-24-H128014