EMPLAZAMIENTOS

 

EDICTO

El Notario Único del Círculo de Belalcázar Caldas, CITA y EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia la señora MARÍA JOSEFINA ZAPATA DE AGUIRRE quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.168.520. Fallecida en Pereira (Risaralda), el 20 de enero de 2024 y cuyo último domicilio y asiento principal de los negocios, fue el municipio de Belalcázar (Caldas). El trámite fue admitido mediante Acta número 0004 de fecha 28 de mayo de 2024. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 del 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3° y 4° del Decreto 1729 de 1989. CARLOS HÉCTOR MOSQUERA CASTILLO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.

30-V-24-H128247

 

JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE MANIZALES

Abril veintitrés (23) de dos mil veinticuatro (2024)

Siendo las 9 de la mañana el despacho se dispone a realizar la audiencia de que trata el artículo 56 de la ley 1996 de 2019 dentro del trámite de revisión de la interdicción, adelantado de oficio por el Juzgado, donde aparece como curadora la señora MARÍA GLADYS QUINTERO GONZÁLEZ respecto de VALENTINA MARÍN QUINTERO. Radicado 2014-305. ASISTENCIA: La curadora señora MARÍA GLADYS QUINTERO GONZÁLEZ y la señora VALENTINA MARÍN QUINTERO. 1-DECLARACIONES. Se recibe declaración de la curadora señora MARÍA GLADYS QUINTERO GONZÁLEZ y de la señora VALENTINA MARÍN QUINTERO. 2-FALLO: En mérito de lo expuesto, el Juzgado Tercero de Familia de Manizales, Administrando Justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, FALLA: PRIMERO: REVISAR la sentencia de interdicción judicial por discapacidad mental, emitida por el Juzgado Tercero de Familia de Manizales el pasado veintiuno (21) de octubre del 2015, dentro del proceso de interdicción por discapacidad mental que se adelantó respecto de la señora VALENTINA MARÍN QUINTERO. SEGUNDO: DETERMINAR que, en virtud de esa revisión, el Despacho pudo establecer que la señora VALENTINA MARÍN QUINTERO requiere de apoyos para el ejercicio de la capacidad legal en los siguientes actos: 1. Para adelantar todos los trámites referentes a la prestación del servicio de salud de VALENTINA MARÍN QUINTERO en la EPS a la cual se encuentra afiliada. 2. Para adelantar cualquier trámite referente a la educación de VALENTINA MARÍN QUINTERO especialmente ante la fundación LUCIANA TOBAR GÓMEZ o cualquier otra fundación que preste servicios educativos y de formación a las personas con discapacidad. Parágrafo: Se designa a la señora MARÍA GLADYS QUINTERO GONZÁLEZ como persona de apoyo de la señora VALENTINA MARÍN QUINTERO en el ejercicio de su capacidad legal respecto para los actos concretos enunciados en este ordinal. TERCERO OFICIAR a la Oficina de Registro Civil donde se encuentre registrado a la señora VALENTINA MARÍN QUINTERO a efectos de que se anule de su registro civil de nacimiento la anotación correspondiente a la sentencia de interdicción por discapacidad mental. CUARTO: ORDENAR que la presente sentencia se publique en un diario de amplia circulación nacional (Diario El Tiempo o Diario La República). Por tratarse de una decisión oral la misma queda notificada en estrados. Sin recursos. Se declara ejecutoriada la decisión. Seguidamente se le notifica la designación a la señora MARÍA GLADYS QUINTERO GONZÁLEZ después de ponerle de presente su responsabilidad y tomarle el juramento de rigor, la misma acepta el cargo, por lo que se le declara legalmente posesionada. Se termina la audiencia siendo las 9:19 am del 23 de abril del 2024. Puede visualizar la audiencia en el siguiente enlace: https://apigestionaudiencias3.ramajudicial.gov.co/public/detail/13249364. SULI MIRANDA HERRERA.

30-V-24-H128236

 

NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE VICTORIA - DEPARTAMENTO DE CALDAS

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE VICTORIA EMPLAZA A todas las personas que se creen con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del siguiente EDICTO, en el periódico, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la señora ANA ROSA CARDONA, quien en vida portó la cédula de ciudadanía número: 25.218.290, quien falleciera en la ciudad Victoria Caldas, el día 07 de Julio de 1973, cuyo último domicilio fue la ciudad de Victoria (Caldas) y el asiento principal de sus negocios fue este Municipio, aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta número 05 del 28 de Mayo de 2024, se ordena la publicación de este edicto en el periódico La República, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3o del decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy 28 de Mayo de 2024. LUIS ALONSO URIBE GARCÍA. NOTARIO ÚNICO DE VICTORIA CALDAS.

30-V-24-H128240

 

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARMATO,

DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas naturales y/o jurídicas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación de este Edicto, en el periódico y en la emisora correspondiente, en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia del causante LUIS ADRIANO GIRALDO ARIAS, fallecido el 05 de septiembre de 2000, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 1.304.616, siendo el Municipio de Marmato, Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante el Acta número 010 de veintiocho (28) del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. El presente edicto se fija el día 29/05/2024 a las 8 am. PABLO EDUARDO CARDONA VÉLEZ. Notario.

30-V-24-H128241

 

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MARMATO, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas naturales y/o jurídicas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles a la publicación de este Edicto, en el periódico y en la emisora correspondiente, en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia del causante RAFAEL ANTONIO ESCOBAR OSSA, fallecido el 13 de noviembre de 2021 en Marmato Caldas y quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 4.593.823, siendo el Municipio de Marmato, Caldas, su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría mediante el Acta número 009 de veintiocho (28) del mes de mayo del año dos mil veinticuatro (2024), para los fines indicados en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría y se ordena su respectiva publicación. El presente edicto se fija el día 29/05/2024 a las 8 am. PABLO EDUARDO CARDONA VÉLEZ. Notario.

30-V-24-H128242

 

EDICTO

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Liquidación de Herencia dentro la Sucesión Doble e Intestada de los causantes ANTONIO JOSÉ MARÍN VÁSQUEZ Y MARÍA ISAURA CÁRDENAS DE MARÍN quienes se identificaban con la cédula de ciudadanía números 1.387.492 Y 25.091.863, quienes fallecieran en el Municipio de Salamina Caldas, los días Enero 18 de 2022 y 17 de Octubre de 2023 respectivamente y en Salamina Caldas, tenían su domicilio, el asiento principal de su negocio y donde dejaran los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 12 del 28 de Mayo de 2024, se ordena publicar el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los Veintinueve (29) días del mes de Mayo del año dos mil veinticuatro (2024) a las 8.00 AM. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.

30-V-24-H128239

 

EDICTO

EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE SALAMINA CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro del plazo de diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO en el periódico en el trámite de Liquidación de herencia del causante JOSÉ WILSON OSPINA VALENCIA quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 15.956.777 quien falleciera en el Municipio de Manizales Caldas, el día 22 de Julio de 2021, y en Salamina Caldas, tenía su domicilio, el asiento principal de su negocio y donde dejara los bienes de fortuna. Aceptado el trámite Notarial, mediante Acta número 14 del 28 de Mayo de 2024, se ordena publicar el EDICTO en un periódico de circulación nacional y en la Emisora Local, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días hábiles. El presente Edicto se fija hoy a los Veintinueve (29) días del mes de Mayo del año dos mil veinticuatro (2024) a las 8.00 AM. ALDEMAR LÓPEZ MAYA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO SALAMINA CALDAS.

30-V-24-H128238

 

EDICTO

El Notario Único del Círculo de Belalcázar Caldas, CITA y EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el Trámite Notarial de Liquidación de Herencia del señor GILBERTO DE JESÚS BEDOYA RENDÓN, quien se identificaba con la cédula de ciudadanía número 3.478.878. Fallecido en San José (Caldas), el 03 de enero de 2008 y cuyo último domicilio y asiento principal de los negocios, fue el municipio de Belalcázar (Caldas). El trámite fue admitido mediante Acta número 0003 de fecha 28 de mayo de 2024. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por el artículo 3o y 4o del Decreto 1729 de 1989. CARLOS HÉCTOR MOSQUERA CASTILLO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO.

30-V-24-H128244

 

EDICTO No. ESU 0093

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia de la causante MARÍA CENITH AGUIRRE TORRES CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 24.700,556. Fallecida el día DIECINUEVE (19) DE MAYO DEL DOS MIL ONCE (2011), en el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS), y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 28 DE MAYO DE 2024, por el Doctor ORLANDO VARGAS MORENO, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 35924 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA número 4.595.191, quien obrando como apoderado de FREDY MARTÍNEZ AGUIRRE IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 10.178.050, EN CALIDAD DE HEREDERO LEGÍTIMO. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0049 del 28 DE MAYO DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.

El presente edicto se fija el día 29 DE MAYO DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 11 DE JUNIO DE 2024 a las 6:00 PM. Este EDICTO se elaboró el día 28 DE MAYO DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DOORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 11 DE JUNIO DE 2024 a las 6:00 P.M.

30-V-24-H128243

 

EDICTO

EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE MARIO GIRALDO NARANJO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 4.318.623, fallecido el día 12 de Noviembre de 2020 en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día MARTES, VEINTIOCHO (28) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), mediante ACTA NÚMERO CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO (495) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MIÉRCOLES, VEINTINUEVE (29) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.

30-V-24-H128237

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO TERCERO PROMISCUO MUNICIPAL

CHINCHINÁ-CALDAS

EDICTO EMPLAZATORIO

La JUEZ TERCERA PROMISCUO MUNICIPAL DE CHINCHINÁ, CALDAS, CON FUNCIÓN DE CONTROL DE GARANTÍAS. CITA Y EMPLAZA A JUAN ESTEBAN CAMPO GARCÍA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.193.080.545, nacido el 8 de mayo de 2002 en Chinchiná, Caldas, 22 años de edad, 1,73 metros de estatura, cuya dirección de residencia se desconoce. Es requerido por la Fiscalía Segunda Local de Chinchiná para hacerlo comparecer al proceso que, por la conducta punible de HURTO CALIFICADO AGRAVADO EN CIRCUNSTANCIAS DE MAYOR PUNIBILIDAD (ART. 239-240-241 Y 58 DEL C.P.) se sigue en su contra. Proceso radicado No. 17-174-60-00041-2022-00798-05. Se fija en lugar visible de la secretaría del despacho por cinco (5) días hábiles. Su no comparecencia durante este término, le acarreará la declaratoria de persona ausente (artículo 127 Ley 906 de 2004). Fijado: 30 DE MAYO DE 2024. HORA 8:00 AM.

Desfijado: 06 DE JUNIO DE 2024. HORA 5:00 P.M. Firmado Por:

Inés Elvira Jaramillo Hoyos. Juez Municipal Juzgado Municipal Juzgado 003 Promiscuo Municipal. Chinchiná – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 6b86f5cbbbee9038099f0caf28628bf7268e5059883e35bd97e69f58808c81b2. Documento generado en 29/05/2024 10:18:12 AM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

30-V-24-H128245

 

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Edictos 30-05-2024

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