A Albán Arias Gil le dieron domiciliaria porque la pena es menor a los 8 años. Si incumple lo pactado le revocarán el beneficio.
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LA PATRIA| MANIZALES

La pena es de 7 años y 6 meses, que purgará en domiciliaria y con permiso para trabajar, previo pago de una caución de $500 mil. La multa, de $105 millones 557 mil 920, en 48 cuotas mensuales. Si no tiene dinero, debe informarle al Estado para definir qué hará. Durante 99 meses no puede manejar vehículo y si lo pillan en esas se enfrentaría otro proceso por fraude a resolución judicial.

Estos condicionamientos hacen parte de la sentencia de un juzgado de Aguadas contra Albán Arias Gil, por homicidio culposo agravado, pues atropelló con una moto a un arriero y lo dejó tirado. Además, llegó herido al hospital y mintió sobre el accidente.

Así ocurrió

El condenado, de 36 años, residente en la vereda Alto de La Montaña, de ese municipio, acabó con la vida de Jairo Candamil Arias, el 8 de enero de 2021, entre las 6:30 y 7:00 de la noche, en la vía hacia Arma, kilómetro 3, sector Pito. Un hijo del fallecido contó que caminaba con su papá y su hermano, arreando un ganado, por el lado derecho.

Las investigaciones establecieron que Arias Gil atropelló al arriero (lo lanzó cuatro metros adelante), cayó a un potrero con su moto y en vez de auxiliar al lesionado, como se lo suplicaban los hijos del afectado, sacó la moto de la zona verde, para huir del lugar e irse hacia el hospital, con ayuda de su parrillero, que le aconsejó y le ayudó a volarse. En el centro hospitalario dio una información diferente sobre el sitio del percance y presentó SOAT y documentos de una moto diferente a la suya. Candamil Arias falleció en Manizales días después por politraumatismo severo.

Al procesado lo llevaron a juicio y terminó condenado. "Arias Gil conoce la zona, por ser paso obligado para él; contaba con licencia para conducir y debía saber que por esa carretera, a esa horas, transita población campesina, con sus mascotas o semovientes. Además, iba sin las luces encendidas y a alta velocidad. Comportamiento que, indudablemente, lo ubica en una actitud de negligencia y contrariedad con la norma de tránsito que, indiscutiblemente, lleva a concluir que, de manera imprudente, elevó el riesgo permitido. La conducta se agravó por omitir auxiliar a la víctima", dijo el juez.

La defensa argumentó que la culpa era de la víctima.

Puede trabajar en las fincas La Betania, Santa Ana y Villa Mónica, de la vereda Alto de la Montaña, de lunes a viernes, con una intensidad de 48 horas semanales, de 7 a.m. a 4 p.m.

 

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