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LA PATRIA | MANIZALES

De hurto calificado y agravado a hurto agravado le pasaron la pena a Evelyn Dahiana. Así lo definió recientemente el Tribunal Superior de Manizales, al resolver la apelación presentada por su abogado.

Evelyn Dahiana y Leonardo Fabio fueron sentenciados como responsables de un robo del 10 de mayo del 2019, cuando ingresaron al apartamento 602 del edificio Sampaoli, ubicado en la calle 46 Nº 21-30, del barrio Sáenz, de Manizales.

Una vez dentro del inmueble se apropiaron de un computador de mesa, avaluado en $3 millones; un portátil del mismo costo; otro de $3 millones 50 mil; un play con juegos evaluado en $2 millones; un mini-componente de $1 millón 300 mil; un parlante de $600 mil; $500 mil en efectivo y un reloj de $1 millón.

De allí huyeron en un Hyundai, con placas de Medellín, en compañía de una tercera persona, Mauricio, que los esperaba afuera del edificio.

A Evelyn y Leonardo los detuvieron, no aceptaron cargos y no les pidieron medida de aseguramiento, por lo que quedaron en libertad. En septiembre del 2021 plantearon un preacuerdo con la Fiscalía, no sin antes indemnizar en los perjuicios a la víctima, para lo cual tenía un peritaje que los avaluó en $5 millones 370 mil.

El pacto planteaba que quedara solo en hurto agravado y más la rebaja por indemnizar, con una pena de 12 meses. El abogado de la mujer pidió la suspensión condicional de la ejecución de la pena, que fue avalada por el Tribunal, no solo para ella, sino además para el otro sujeto, así no haya apelado, por un periodo de prueba de cuatro años, tiempo durante el cual deben demostrar buen comportamiento, no salir del país sin permiso, informar del cambio de residencia y, lo más importante, no volver a cometer delitos.

 

Se ordenó la libertad del hombre (si no tiene más procesos) y se canceló la orden de captura contra la mujer.

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