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Dos lecturas sobre la recién firmada Ley de Igualdad Sancionatoria de Motos en el Senado, que pasó para la firma del presidente Petro y su publicación en la Gaceta Nacional para que entre a regir. Es cierto que no se puede seguir dando trato desigual a los motociclistas. Con esta nueva ley se les seguirá cobrando el comparendo por infracciones, pero quedan abolidas las inmovilizaciones de motos para algunas faltas de tránsito, que hoy no se aplican a los conductores de carros. Lo que preocupa es que si existiendo la costosa inmovilización los motociclistas son los mayores infractores en las vías, qué va a suceder cuando la ley entre en vigencia.
En Colombia hay 11 millones de motos circulando. Lo que pretendieron los autores de la ley es conseguir la proporcionalidad en las multas, porque al conductor de carro infractor le hacen el comparendo y puede seguir en su vehículo; pero el motociclista recibe el comparendo y además le inmovilizan la moto, por lo que debe pagar multa, servicio de grúa y patios. Esto ha promovido la acumulación de motos, porque cancelar estas obligaciones en muchos casos resulta más costoso que el valor de la moto y los dueños prefieren dejarlas abandonadas.
Son cinco las infracciones que no acarrearán inmovilización, consideradas “menores”, aunque en realidad son muy frecuentes entre los motociclistas y con ello están exponiendo a los actores viales, incluidos ellos mismos: transitar en contravía; no detenerse en una luz roja o amarilla de semáforo o una señal de pare; conducir vehículo sobre andenes, plazas, separadores, zonas verdes y vías peatonales; realizar maniobras peligrosas; adelantar otro vehículo en bermas, túneles, curvas o puentes.
La ley que aprobó el Congreso no se puede entender como una licencia para hacer lo que se quiera en las vías, ni significa que los motociclistas vayan a quedar exentos de pagar multas de tránsito o que por otras faltas no reciban orden de inmovilización de sus vehículos, como seguirá ocurriendo para casos como conducir sin SOAT, sin revisión técnico mecánica o en estado de embriaguez, entre otras. La reacción frente a un comparendo no puede ser agredir a los agentes o a la Policía de tránsito, mucho menos emprender la huida como acostumbran algunos para evadir a las autoridades y con lo que hacen es complicar más su situación.
En aras de la proporcionalidad, la nueva ley podría haber considerado que todos los conductores, de motos y de carros, tuvieran que pasar por procesos pedagógicos y educativos en los que las alcaldías recordaran con su personal de tránsito aspectos básicos para conducir, que quizás se hayan olvidado o ni siquiera los conozcan porque nunca pasaron por una academia para recibir la licencia. Las muertes por accidentes de tránsito en Colombia siguen siendo muy altas, y los motociclistas sus mayores protagonistas. En Caldas, de enero a septiembre de este año, fueron 52 los muertos en estos hechos. Leyes como la de igualdad sancionatoria deberían ser un medio para reducir esos siniestros, ojalá no contribuya a aumentarlos.