El vehículo transportaba estudiantes de veredas como La Paloma y Los Lobos. En ese tiempo había 20 carros de este tipo prestando servicio escolar.

Fotos | Archivo | LA PATRIA

El vehículo transportaba estudiantes de veredas como La Paloma y Los Lobos. En ese tiempo había 20 carros de este tipo prestando servicio escolar.

LA PATRIA | MANIZALES

Un conductor había sido condenado como responsable del delito de lesiones personales culposas agravadas, en el cual figuraba como víctima una menor de edad. Sin embargo, tras la apelación de su abogado, el Tribunal Superior de Manizales revocó y lo absolvió.

El 14 de junio del 2018, en la mañana, conducía un Willys CJ 4 modelo 1955, afiliado a la empresa Cootranscafé, desde la vereda El Reposo a la institución educativa José María Carbonell, ubicada en la vereda La Plata, de Palestina, con 14 estudiantes.

Al pasar por el sector de La Paloma, en una pendiente, el automotor sufrió una falla mecánica y se quedó sin frenos, lo que ocasionó que perdiera el control del automotor y se volcara en la entrada de la finca Buenos Aires.

Una de las 14 estudiantes que viajaba parada en la parte trasera del carro sufrió lesiones que le ocasionaron una incapacidad definitiva de 120 días y como secuelas una deformidad física que afecta el cuerpo de carácter permanente y una perturbación funcional de órgano de la prensión y agarre derecho, permanentes.

 

De pie

Para la Fiscalía, el procesado faltó a su deber objetivo de cuidado en la conducción, al llevar sobrecupo, "ya que lo adecuado era que cada estudiante tuviese un puesto, evitando transportar pasajeros de pie. Eso ayudó a que el carro perdiera los frenos cuando bajaba por una pendiente".

La audiencia de juicio tuvo lugar entre septiembre y octubre del 2023 y terminó en condena de 12 meses. Una semana antes del accidente, según el ente acusador, el Centro de Diagnóstico Automotor encontró un defecto en los frenos, pero pasó la prueba.

Este fue reparado el 13 de agosto del 2018 por el acusado, luego de la ocurrencia del siniestro. El procesado admitió que, como el vehículo había sido aprobado en el CDA, no les prestó atención a los porcentajes del informe, no revisó los frenos, no lo llevó al mecánico para arreglar ese desequilibrio de las fuerzas de frenado entre las ruedas de un mismo eje. El carro era para menos ocupantes de los que llevaba 14.

En la apelación, el Tribunal indicó que las dudas llevan a absolver al procesado, pues hubo falencias en la prueba practicada en el juicio oral por la Fiscalía.

 


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