Foto | Cortesía FIDH | LA PATRIA
David Ravelo Crespo estuvo siete años en la cárcel y falsos testimonios habrían causado su condena.
La Sección de Revisión del Tribunal para la Paz dejó sin efectos la condena de 18 años de prisión contra el defensor de derechos humanos David Ravelo Crespo por el homicidio el 5 de abril de 1991 de David Núñez Cala, candidato a la Alcaldía de Barrancabermeja (Santander).
Al líder lo condenó el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga el 16 de noviembre del 2012 y lo confirmó el Tribunal Superior el 8 de octubre del 2013.
De acuerdo con la JEP, el líder no solo no ordenó dicho crimen, sino que tampoco perteneció a las Farc y se ordenó la libertad definitiva, tras permanecer privado de la libertad por 7 años.
A Ravelo Crespo lo vincularon a la investigación, luego de que en el 2008, el exmiembro de las Auc Mario Jaimes Mejía, el Panadero, lo señaló ante un fiscal de Justicia y Paz. Confesó ser el autor material y señaló también al excongresista José Aristides Andrade, absuelto por la Corte Suprema de Justicia.
Al expara lo expulsaron de esa jurisdicción por haber faltado a la verdad en los crímenes contra la periodista Jineth Bedoya Lima.
Extorsionaban con testimonios
Ravelo Crespo siempre se declaró inocente y su caso pasó a revisión en el 2018, y ante la JEP se demostró que el Panadero y Fremio Sánchez, el loco Esteban, amenazaron a otros reos para que apoyaran sus declaraciones, además manejaban una red de extorsiones en la cárcel para exigir dinero a otras personas para no involucrarlas en delitos.
La declaración de Jaimes Mejía se dio después de una reunión con Rodrigo Pérez, Julián Bolívar, en la cárcel de Itagüí, con el interés de señalar al defensor por sus denuncias sobre la relación entre políticos y miembros de las Auc.
En consecuencia, la Sección de Revisión compulsó copias ante la Dirección de Justicia Transicional de la Fiscalía y se determine si Julián Bolívar incurrió en delitos desde la cárcel después de su desmovilización e incumplió sus obligaciones.
También, la Sala de Amnistía o Indulto deberá verificar si el Panadero incumplió el régimen de condicionalidad.
A la Fiscalía se le solicitó analizar si hay mérito para continuar con las indagaciones con Mario Jaimes, Fremio Sánchez y Orlando Noguera, exmiembros de las Farc, condenados por este crimen, y saber quiénes fueron los determinadores del crimen de Núñez Cala.
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