CAI Samaria

Foto | LA PATRIA CAI Samaria, al que estaban adscritos los uniformados.

Autor

LA PATRIA | MANIZALES

Para que una persona investigada por un delito acceda al principio de oportunidad (cesar la acción penal) debe cumplir varias condiciones. Entre ellas que la afectación a los bienes colectivos sea mínima, repare el daño, ofrezca disculpas públicas y garantice que no se repetirá el hecho.

A esa figura acudió la Fiscalía Caldas a favor de dos uniformados: el teniente José Luis Prieto Gómez, comandante del CAI Samaria para la época; y el patrullero Mario Alejandro González Díaz, otrora responsable del suministro de combustible en el grupo de logística de la institución.

Los investigaban por peculado por apropiación, que da de 96 a 270 meses de prisión. Sin embargo, el ente acusador paró la persecución y quedan libres de todo proceso penal. La decisión, aceptada por la Policía, fue avalada ayer por una juez de control de garantías de Manizales. Esta es la historia.

 

Pasos

1. 20 de junio del 2015. Mario Alejandro avaló que el islero de la estación de servicio La Plazuela (Kevin Ángel) tanqueara el carro en el que andaba ese día el teniente, pero a cargo de la Policía. Le echó $39 mil 895, por cinco galones, a $7 mil 979 cada uno. En esa ocasión no manejaba ni tanqueó la Dúster asignada al CAI, como lo corroboró en entrevista el uniformado-conductor encargado del vehículo.

2. Adicional, ese mismo día, dos uniformados de la Sipol venían de Anserma, reconocieron al teniente y se pillaron la situación. Se escondió, lo buscaron, le anunciaron que lo denunciarían y este les pidió que no lo perjudicaran.

3. Los uniformados implicados fueron sancionados disciplinariamente y su caso pasó a lo penal. Estaban a punto de iniciar juicio con el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Manizales, pero les llegó el principio de oportunidad.

 

4. Prieto Gómez y González Díaz devolvieron lo apropiado ($39 mil 895), ofrecieron disculpas en diarios de circulación nacional, al coronel de la Policía y en las emisoras de la institución y Olímpica.

 

5. El ente acusador les otorgó ese principio porque, primero, hay inferencia de que sí cometieron el delito y porque consideró que lo apropiado es poco ante los $3 mil millones que de presupuesto maneja la Policía para gasolina, pero con el llamado de atención de que funcionarios públicos no deben incurrir en esas situaciones.

 

En Procuraduría, el patrullero no aparece con sanciones, mientras que el teniente registra destitución y una inhabilidad de 12 años.