El hospital.

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LA PATRIA | MANIZALES

Por peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, Paula Tatiana Cadavid Naranjo, exgerente del Hospital San Bernardo, de Filadelfia; y Julián Andrés Herrera Marín; enfrentan un proceso judicial.

La Fiscalía y los abogados de los procesados solicitaron la preclusión, pero se las negaron en primera (Juzgado Séptimo Penal) y segunda instancia (Tribunal Superior de Manizales), por lo que el caso debe continuar.

Los hechos narrados por el ente acusador inicialmente indican que "Cadavid Naranjo, como gerente del hospital, se apropió en favor del mencionado centro asistencial de recursos sin situación de fondos por $76 millones 403 mil 701, que estaban bajo su administración, en razón del contrato interadministrativo 024, del 15 de enero de 2015, y que obtuvo a través del cobro de las siguientes facturas de venta: FE9159, del 25 de junio de 2015, por $34 millones 728 mil 955; FE 9360, por $34 millones 728 mil 955; y FE9448, del 16 de diciembre de ese año, por $6 millones 945 mil 791".

Añadió que el contrato jamás se hizo efectivo, pues los servicios nunca se prestaron, ya que entre enero y diciembre de 2015 no se facturaron servicios a la población pobre no afiliada. Anotó que así la procesada consignó información falsa en tres facturas de venta y tres actas de supervisión, al certificar que el Hospital había cumplido a cabalidad con el objeto del contrato, cuyo supervisor era Herrera Marín, quien también reseñó datos espurios en las tres actas de supervisión, al certificar que el centro asistencial había cumplido.

En audiencia del 3 de noviembre del 2021 les formularon imputación y negaron cargos. El 30 de enero del año en curso la Fiscalía presentó la solicitud de preclusión de la investigación por atipicidad de la conducta, ya que el objeto del contrato era el de garantizar los servicios de salud a la población pobre no afiliada de Filadelfia y el hospital siempre los garantizó, pues contaba con la capacidad instalada y el personal requerido para las 24 horas.

"Si bien no se prestó ningún servicio durante la vigencia del convenio, fue porque ninguna persona lo demandó y no se requería la atención de un número mínimo de pacientes. De otro lado, los recursos económicos del contrato nunca ingresaron al Hospital San Bernardo. Paula Tatiana nunca dispuso, ni pudo disponer de los fondos objeto de la imputación, como tampoco Julián Andrés", argumentó.

El proceso no quiere decir que sean culpables, será un juez quien determina si son o no responsables de lo que les endilgan.

Para hoy se programó la acusación.

 

La decisión

En la decisión de las dos instancias se indicó que la situación imputada solo podría ser esclarecida a través del juicio oral, pues no era posible establecer desde ya que los dineros no fueron apropiados por la representante legal del hospital y que la conducta no existió. Además, subsisten circunstancias que llevan a una conclusión diferente.

Se concluyó entonces que si hay inferencia razonable que sirvió de base a la Fiscalía para efectuar imputación y acusación, no podía afirmarse que la conducta no existió y, por tanto, tampoco era procedente la preclusión, menos en la etapa que cursa el proceso.

 

 

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