22 años y 4 meses, la condena.

22 años y 4 meses, la condena.

LA PATRIA|MANIZALES

La condena contra Duverney Carmona Patiño, por secuestro simple agravado, quedó en firme. La Corte Suprema de Justicia inadmitió la demanda de casación presentada por él, en contra la sentencia del 29 de abril de 2022, proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales.

 

 Los hechos

  1.  A la 1:30 de la tarde del 16 de abril del 2019, en la vereda Papayal de Villamaría, una menor de 17 años se dirigía hacia una reunión de un programa del ICBF con su hijo, de 3 meses, y una amiga.
  2. Fue abordada por Duverney, su compañero sentimental, quien la intimidó con arma blanca y la obligó a que, junto con el menor, se desviara del camino y lo siguiera hacia una zona boscosa.
  3. Esa circunstancia fue puesta en conocimiento de las autoridades. Tras la intervención del Gaula, al día siguiente las víctimas fueron encontradas cerca de la finca Los Pinos, ubicada en la vereda La Zulia del mismo municipio, junto con el procesado, quien intentó escapar. Sin embargo, fue capturado, encontrándosele en su poder una navaja.
  4. Tal incidente se presentó con infracción de la medida de protección ordenada por la Comisaría de Familia de Chinchiná a favor de la menor y su hijo, con ocasión de las agresiones físicas que Duverney le había generado con anterioridad.
  5. En juicio terminó condenado a 22 años y 4 meses de prisión, pena confirmada por el Tribunal Superior. La multa, de 1.116,66 s.m.l.m.v. e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años.
     

Casación

  • -En el recurso de casación, se alegaron inconsistencias en los testimonios de la menor.
  • -"Rompe toda regla cotidiana de experiencia y de la lógica inferir que mi defendido haya tenido siquiera la posibilidad de ejecutar el delito de secuestro, cuando es la misma víctima quien afirma que nunca fue objeto de secuestro, que lo siguió voluntariamente y sin violencia. Es impensable que una persona plagiada consienta tener relaciones sexuales con su secuestrador. Además, riñe con las reglas de la experiencia que la víctima no intentara escapar teniendo la posibilidad de hacerlo", alegó el abogado.

 

Decisión

  • -Para la Corte, la decisión de huir suele estar influenciada por las circunstancias particulares en que se encuentran las víctimas, quienes, en muchas ocasiones, deciden no hacerlo por diversos factores, como el miedo a las consecuencias si son descubiertas, la desorientación o el desconocimiento del entorno.
  • -"Para nada hay evidencia de que la menor hubiera tenido oportunidad de escapar; por otra, no puede pasarse por alto que estaba secuestrada con su bebé, circunstancia que sin dudarlo limitaría las posibilidades de huida si llegare a ser descubierta por su captor, quien la retuvo pese a que ella no quería mantener la convivencia en pareja".
  • -La menor no tuvo una opción real de huida, ya que desde el momento en que fue obligada por Duverney a seguirlo y durante todo el trayecto hasta ser hallada por las autoridades, permaneció bajo su coerción, tanto así que al ser capturado aquel tenía en su poder un arma blanca, añadió.
  • -En la fecha en que rindió testimonio, la víctima aún vivía con el procesado, quien estaba detenido en el domicilio y era su proveedor económico. Esto pudo influir en su retractación, ya que estaba bajo la presión ejercida por él.
  • -Según lo indicado por la mamá de la menor, ella volvió a vivir con Duverney porque la tenía amenazada, diciéndole que si no se iba con él, la mataba.
  • -Además, el sujeto impedía que su hija se acercara a su familia. Esto fue interpretado por el Tribunal como un claro indicio de que el acusado ejercía un fuerte control e infundía temor sobre la víctima y, entonces, pudo haberla intimidado para que no declarara en su contra.
  • -El 24 de octubre del 2019, antes de iniciar la segunda sesión del juicio oral, la apoderada de las víctimas y el fiscal observaron a la adolescente llegar con evidentes signos de una nueva agresión física.
  • -Fuera de las instalaciones del Palacio de Justicia también presenciaron cómo el procesado desató su ira y la atacó verbalmente, situación que requirió la intervención del fiscal. Esto confirmó que el acusado continuaba coartando a la víctima mediante violencia.

 

Foto ilustración| Abogado de familia Barcelona| LA PATRIA

El 11 de marzo del 2019, Duverney agredió a la menor y a su bebé en el rostro. Por ello, la Comisaría de Familia de Chinchiná ordenó a favor de las víctimas medida de protección.

 


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