EMPLAZAMIENTOS
ACTA DE AUDIENCIA ORAL NÚMERO 075
Manizales, Caldas, once (11) de junio del año dos mil veinticuatro (2024). Hora. 2.30 p.m.
JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA
REFERENCIA: PROCESO: 17-001-31-10-007-2009-00051-00 INTERDICCIÓN JUDICIAL POR DISCAPACIDAD MENTAL ABSOLUTA EN REVISIÓN, DEMANDANTE: CLARA ESTHER DÍAZ DE CASTRILLÓN EN FAVOR DE: LUIS FERNANDO CASTRILLÓN DÍAZ. CONCURRE A LA AUDIENCIA: CLARA ESTHER DÍAZ DE CASTRILLÓN. CC 24.821.251 DEMANDANTE. INTERROGATORIO DE PARTE ABSUELTO EN LA AUDIENCIA: CLARA ESTHER DÍAZ DE CASTRILLÓN. PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA NÚMERO 178: DECISIÓN: En mérito de lo expuesto, EL JUZGADO SÉPTIMO DE FAMILIA DE MANIZALES, CALDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, FALLA PRIMERO DISPONE la adjudicación judicial de apoyo en favor de LUIS FERNANDO CASTRILLÓN DÍAZ, identificado con la cédula de ciudadanía 75.064.417 y le DESIGNA como apoyo judicial a su madre, CLARA ESTHER DÍAZ DE CASTRILLÓN, identificada con la cédula de ciudadanía número 24.821.251, para efectos de: -Cobrar la pensión que recibe de COLPENSIONES y administrar el dinero. SEGUNDO: DISPONE que la parte resolutiva de esta providencia se publique por aviso que se insertará por una vez en el Diario La Patria. TERCERO: ORDENA oficiar a la Notaría única de Neira, Caldas, para que anule la anotación en el registro civil de nacimiento del citado, serial 14377647, de la sentencia proferida por este despacho, número 142 del tres (03) de junio del año dos mil diez (2010), que declaró en interdicción por discapacidad mental absoluta a LUIS FERNANDO CASTRILLÓN DÍAZ, e hizo otros ordenamientos. CUARTO: ORDENA compulsar copia auténtica de esta acta y de la posesión de la persona designada como apoyo, una vez asuma el cargo, para los fines pertinentes. Por su pronunciamiento oral lo decidido queda notificado en estrados. MARÍA PATRICIA RÍOS ALZATE. JUEZ. https://playback.lifesize.com/#/publicvideo/d3515f39-c08a-470f-a289- 3f8f21a-943f3?vcpubtoken=ac5368f2-186a-4b93-ba2c-a525c13e22ce.
23-VI-24-H128387
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE PUERTO SALGAR CUNDINAMARCA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los quince (15) primeros días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en el Trámite de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE a favor de VICTORIA KATHERINE ZULETA RAVE, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.022.332.465, sobre el inmueble de matrícula inmobiliaria número 162-15724, con el propósito de solicitar la inscripción de CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE de su compañero permanente el señor HÉCTOR MAURICIO HERRÁN LUNA, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.073.321.653, el mío propio y los hijos actuales y los que llegara a tener, obrando con la facultad conferida en el Decreto Número 2817 de Agosto del 2006, a fin de elevar a Escritura Pública los requisitos exigidos por la Ley en el trámite notarial objeto de este documento. Aceptado el presente trámite notarial, mediante el Acta Número 001 de fecha 18 de Junio de 2024, se ordena la publicación de este Edicto, en un lugar visible de esta Notaría, en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, o en su defecto en una de las que funcionan en la ciudad de La Dorada, Caldas, dando así cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 3 del Decreto 902 de 1988. El presente Edicto se fija el día (18) del mes de Junio del dos mil veinticuatro (2024) a las 7:00 A.M. LA NOTARIA (U) ALBA LUCÍA RAMOS LÓPEZ.
23-VI-24-H128392
NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS
CALLE 3a Nº 7 - 27
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA - CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante: VIANOR DE JESÚS GARCÍA TORO C.C. 4.483.038, quien falleció en la fecha veintidós (22) del mes de Enero del año dos mil veintiuno (2021), en el corregimiento de San Daniel, jurisdicción de este Municipio de Pensilvania, Caldas, siendo el Municipio de Pensilvania, Caldas su último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 009 de fecha diecinueve (19) de Junio de 2024 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, veinte (20) de Junio de 2024, siendo las 8:00 A.M. NOTARIO, JAIME HORACIO ARISTIZÁBAL HOYOS. NOTARIO. FECHA DE DESFIJACIÓN:
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NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS
CALLE 3a Nº 7 - 27
EDICTO
EL SUSCRITO NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA - CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante: ALFONSO OSORIO ESCOBAR C.C. 4.483.928, quien falleció en la fecha dieciocho (18) del mes de Mayo del año dos mil veinticuatro (2024), en el Municipio de Pensilvania, Caldas, siendo el Municipio de Pensilvania, Caldas su último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 008 de fecha diecinueve (19) de Junio de 2024 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, veinte (20) de Junio de 2024, siendo las 8:00 A.M. NOTARIO, JAIME HORACIO ARISTIZÁBAL HOYOS. NOTARIO.
FECHA DE DESFIJACIÓN:
23-VI-24-H128394
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MONTENEGRO QUINDÍO, LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO Por el presente edicto
CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y la radiodifusión en una emisora local, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de los causantes PEDRO JOSÉ FRANCO GUZMÁN Y FLOR IDALY OSSA DE FRANCO, quienes se identificaban en vida con las cédulas de ciudadanía números 8.242.104 y 24.804.397, y fallecieran el día 09 de Enero del año 2002 y 06 de Septiembre del año 2023, en Montenegro y Armenia, Quindío respectivamente, siendo Montenegro, Quindío el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número ONCE (011) del Dieciocho (18) de Junio del año 2024, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local, y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: La suscrita Notaria Única del Círculo, deja constancia que
el presente edicto se fijó el día Diecinueve (19) de Junio de 2024, siendo las 07:30 A.M. LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
23-VI-24-H128389
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MONTENEGRO QUINDÍO, LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO Por el presente edicto
CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y la radiodifusión en una emisora local, en el trámite notarial de liquidación sucesoral del causante JAIR GALVIS RAMÍREZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 4.462.773, y falleciera el día 27 de Octubre del año 2022, en Armenia, Quindío, siendo Montenegro, Quindío el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número DOCE (012) del Diecinueve (19) de Junio del año 2024, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local, y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: La suscrita Notaria Única del Círculo, deja constancia que el presente edicto se fijó el día Veinte 20 de Junio 2024, siendo las 07:30 A.M. LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO. NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO.
23-VI-24-H128390
EDICTO EMPLAZATORIO
LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MONTENEGRO QUINDÍO, LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO Por el presente edicto
CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se crean con derecho a intervenir, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en un diario de circulación nacional y la radiodifusión en una emisora local, en el trámite notarial de liquidación sucesoral de la causante MARÍA LEONELA GALVIS RAMÍREZ, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 24.800.760, y falleciera el día 25 de Julio del año 2023, en Armenia, Quindío, siendo Montenegro, Quindío el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría, según acta número TRECE (013) del Diecinueve (19) de Junio del año 2024, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de circulación Nacional y en una radiodifusora local, y se fija en lugar público de la Notaría a mi cargo, por el mismo término de diez (10) días. CONSTANCIA DE FIJACIÓN: La suscrita Notaria Única del Círculo, deja constancia que el presente edicto se fijó el día Veinte (20) de Junio de 2024, siendo las 07:30 A.M. LUZ AMPARO GUZMÁN PERDOMO. NOTARIA ÚNICIA DEL CÍRCULO.
23-VI-24-H128391
JUZGADO CUARTO DE FAMILIA DEL CIRCUITO MANIZALES - CALDAS
Manizales, doce (12) de junio del año dos mil veinticuatro (2024).
PROCESO: DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA POR
DESAPARECIMIENTO.
DEMANDANTE: GILMA ROJAS JARAMILLO C.C. Nro. 51.615.399.
DESAPARECIDO: JOSÉ HERIBERTO CASTAÑO LOAIZA C.C. Nro.
10.220.193.
RADICADO: 17001311000420220036300
SENTENCIA: 0058
En mérito de lo expuesto, el Juez Cuarto de Familia del Circuito de Manizales Caldas, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, FALLA PRIMERO: DECLARAR la MUERTE PRESUNTA POR DESAPARICIÓN del señor JOSÉ HERIBERTO CASTAÑO LOAIZA identificado con la cédula de ciudadanía nro. 10.220.193 y, en consecuencia, FIJAR como DÍA PRESUNTIVO DE LA MUERTE el día 12 de enero de 2019. SEGUNDO: COMUNICAR lo aquí decidido al funcionario de la Registraduría Municipal del Estado Civil de Pácora, Caldas, para que realice las anotaciones que correspondan en el respectivo registro civil de nacimiento del señor JOSÉ HERIBERTO CASTAÑO LOAIZA con indicativo serial nro. 0980382778, el cual se encuentra inscrito en el tomo 24 folio 122, y en el libro de varios que se sigue en esa oficia, así como en el folio de defunciones. TERCERO: ORDENAR al funcionario de la Registraduría Municipal del Estado Civil de Manizales, Caldas, extienda el folio de defunción del señor JOSÉ HERIBERTO CASTAÑO LOAIZA identificado con la cédula de ciudadanía nro. 10.220.193. CUARTO: ORDENAR a la demandante, señora GILMA ROJAS JARAMILLO, realice la publicación del encabezamiento y parte resolutiva de la sentencia, una vez ejecutoriada, en la forma prevista en el numeral 2 del artículo 583 del C. G. del P., en día domingo en el diario EL TIEMPO en Bogotá D.C., LA PATRIA en Manizales, Caldas, y en la radiodifusora RCN RADIO en Manizales. QUINTO: ORDENAR el archivo del expediente previa cancelación de su radicación. El Juez,
PEDRO ANTONIO MONTOYA JARAMILLO.
23-VI-24-H128388
EDICTO
LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES - (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada del causante ÓSCAR OSPINA DÍAZ quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 10.217.317 fallecido en la ciudad de Manizales, el día 30 de Abril de 2023, hecho inscrito en el indicativo serial 10603770 de la Notaría Quinta de Manizales, siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número noventa y seis (096) del día veinticinco (25) de Mayo de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy treinta (30) de Mayo del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). CARMEN TRUJILLO MOLINA. NOTARIA PRIMERA (E) DEL CÍRCULO DE MANIZALES. FECHA DE DESFIJACIÓN: DIECISIETE (17) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) A LAS SEIS (06:00) P.M.
23-VI-24-H128395
REMATES
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL – SUPÍA CALDAS AVISA A todas las personas interesadas en participar de la licitación por venta en pública subasta DESCRIPCIÓN 1. FECHA Y HORA REMATE: DIEZ (10) DE JULIO DE 2024, a partir de las nueve de la mañana 9:00 A.M. 100% DEL INMUEBLE URBANO UBICADO EN: Calle 28 No. 9-44 apartamento A304 Bloque A Multifamiliar Torres del Guayabal. JURISDICCIÓN: SUPÍA – CALDAS. MATRÍCULA INMOBILIARIA: 115-21232. AVALÚO: $73.047.400,00. BASE LICITACIÓN: 70% DEL AVALÚO $51.133.180,00. 2. DATOS DEL SECUESTRE: Empresa DINAMIZAR JHON JAIRO DUQUE CELULAR: 3108883338 – 3145828608. 3. POSTOR HÁBIL CONSIGNAR 40% DEL AVALÚO En la cuenta de Depósitos Judiciales del Banco Agrario de Riosucio, Caldas, número 177772042001, a nombre del Juzgado Promiscuo Municipal de Supía - Caldas, bajo el proceso Radicado: 17777408900120220032100. • INMUEBLE URBANO: $29.218.960,00. Este aviso se publica por una vez el día domingo, en el periódico “La Patria”. YAMILÉ GAITÁN GONZÁLEZ. SECRETARIA.
23-VI-24-H128367
REPÚBLICA DE COLOMBIA
JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL
LA MERCED - CALDAS
AVISO DE REMATE
EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA MERCED, CALDAS AVISA: QUE DENTRO DEL PROCESO QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONA, SE LLEVARÁ A CABO DILIGENCIA DE REMATE, DE LA SIGUIENTE FORMA: PROCESO: EJECUTIVO MÍNIMA CUANTÍA.
DEMANDANTE: CÉSAR JULIO RODRÍGUEZ. DEMANDADA: LUZ YANETH HERNÁNDEZ ESPINOSA. FECHA DE REMATE: 24 DE JULIO DE 2024. HORA: 09:00 A.M. LUGAR: JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE LA MERCED, CALDAS, (CALLE 14 No. 4-75, PISO 2). POSTOR HÁBIL: QUIEN CONSIGNE EL 40% DEL AVALÚO (ART. 451 CGP). DURACIÓN: UNA HORA. RAD. EXPEDIENTE: 17388408900120200014700. SECUESTRE: JHON JAIRO DUQUE ARIAS, (Celular 3108883338; correo: dinamizar2020@gmail.com; dirección Calle 20 No. 22-27 oficina 402 Edificio Cumanday. Manizales, Caldas. Bien objeto de remate. 1. Inmueble identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 118-9010 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Salamina, Caldas, correspondiente al 50% de la cuota parte en común y proindiviso que le corresponde a la demandada Luz Yaneth Hernández Espinosa en el predio denominado La Esperanza correspondiente a un lote de terreno con una cabida aproximada de 4 a 5 hectáreas, teniendo en cuenta que es el 50% en cultivo de café en zoca y otro en crecimiento, se ingresa por una puerta metálica terreno abierto, en mal estado; observándose dos (2) casas de habitación, una (1) de bareque y la otra en adobe, a la vista en obra negra, tiene además corredores en guadua y en macana, dos alcobas, piso en madera, cielo raso en tabla de forro con estructura de guadua y con teja de zinc, el inmueble contiguo una parte en esterilla y otra parte en adobe a la vista; plancha en cemento en obra negra, techo en estructura en guadua, teja de zinc con una (1) cocina artesanal en adobe a la vista y con un (1) lavaplatos improvisado, saliendo se encuentra espacio para una elda con una (1) tolva en adobe a la vista y estructura en guadua; teja de zinc más un planchón pequeño para el ingreso a la misma, en la parte de abajo encontramos el beneficiadero con un tanque en mal estado, paredes en esterilla con una puerta de madera, más una tolva de dos chorros, este inmueble se encuentra con los servicios públicos de energía y de agua en nacimiento y es ocupada por la parte demandada y su familia, inmueble se encuentra en regular estado de conservación” cuyos linderos se encuentran descritos en la Escritura Pública No. 3.787 del quince (15) de septiembre de dos mil once (2011) de la Notaría Cuarta del Círculo de Manizales, Identificado con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 118-9010 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Salamina, Caldas y con ficha catastral No. 173880000000000020112000000000. AVALÚO: $56.800.000. BASE DE LICITACIÓN: 70% DEL AVALÚO. DEPÓSITO PARA HACER POSTURA: 40% DEL AVALÚO. Se les advierte a los interesados que el día de la licitación o desde cinco (5) días antes de la misma, deberán presentar sus ofertas en sobre cerrado, el cual deberá contener además el depósito judicial del 40% del avalúo del respectivo bien. La diligencia se realizará en las instalaciones del Juzgado, con la posibilidad de comparecencia de forma virtual con el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, conforme lo dispone el Artículo 103 del Código General del Proceso, y los Artículos 2º y 7° de la Ley 2213 de 2022, a través de la plataforma TEAMS. Se pone a disposición de los interesados el enlace para acceder a la audiencia virtual de remate: https://teams.microsoft.com/l/meetup-
join/19%3ameeting_NjljMTFIYWQtOGI3My00NGE
1LTk3YzQtMmE3NzU5YWUxMjl5%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5- 8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%223028f65b-6b37-45e4-82ec-6e9ba5c6eb59%22%7d. Deberán tener en cuenta, quienes estén interesados en hacer postura, que podrán hacerlo de dos formas: 1)
Quienes deseen hacer postura el día de la diligencia deberán presentar el sobre físico dentro de la hora fijada en la sede de este Juzgado ubicado en la Calle 14 No. 4-75 Piso 2 de esta ciudad, sobre que deberá presentarse debidamente cerrado, se adjuntará el depósito correspondiente al 40% del avalúo del bien, el cual deberá realizarse en la cuenta No. 173882042001 del Banco Agrario de Colombia S.A. Culminado el último minuto de la hora, se iniciará la apertura de sobres. 2) Dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha de la audiencia, podrán presentar al correo electrónico del despacho: j01prmpallamerced@cendoj.ramajudicial.gov.co, la oferta que deberá dirigirse con el asunto: “OFERTA REMATE” seguida del radicado del proceso, mediante e-mail que lleve su postura y los documentos que acredite el depósito del 40% del avalúo del bien, el cual deberá realizarse en la cuenta No.173882042001 del Banco Agrario de Colombia S.A. La postura deberá presentarse en archivo protegido con clave o contraseña conocido únicamente por el oferente; culminado el último minuto de la hora se solicita acceso por parte del juzgado, para ser abierto junto con los sobres que se presenten de manera física. El enlace anteriormente señalado quedará a disposición de las personas interesadas en asistir en la página de la Rama Judicial en la sección de Publicaciones Procesales, Departamento: Caldas, Municipio: La Merced, Remates, o puede solicitarse directamente al Juzgado a través del correo electrónico: j01prmpallamerced@cendoj.ramajudicial.gov.co o a los números de celular 3174341217-3206944765. Solo cuando haya transcurrido una hora desde el inicio de la diligencia, se accederá a la audiencia virtual; también, se hará la visualización de la pantalla del computador del Juzgado para hacer apertura de manera pública y transparente, por primera vez, de los correos electrónicos contentivos de las respectivas ofertas, y así establecer las que reúnan los requisitos de ley y sean admisibles para adjudicar el bien al mejor postor. Lo propio se realizará con las posturas que se alleguen en sobre físico. La Merced, Caldas, junio diecisiete (17) de dos mil veinticuatro (2024). ANA MARÍA VILLEGAS GIRALDO. SECRETARIA. Firmado Por: Ana María Villegas Giraldo. Secretaria Juzgado Municipal Juzgado Promiscuo Municipal La Merced – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: aa4ef3ab6bf886eef852d53e7602a9f218a6ee55bf5002fea3ec72b3d6f089b3. Documento generado en 17/06/2024 09:06:34 AM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica
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