EMPLAZAMIENTOS

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO DEL CÍRCULO DE PÁCORA, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico LA PATRIA; en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia INTESTADA E ILÍQUIDA DE LA CAUSANTE ALICIA CORTÉS CARDONA O DE GRAJALES, identificada con la cédula de ciudadanía número 24.840.588. Aceptado el trámite en esta Notaría el día DOCE (12) de NOVIEMBRE de 2024, mediante Acta número TREINTA Y CUATRO (34). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día TRECE (13) de NOVIEMBRE de 2024 siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL NOTARIO MANUEL ALEJANDRO ACOSTA GÓMEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PÁCORA CALDAS. 
19-XI-24-H129432

NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS 
CALLE 3ª N° 7 - 27 
EDICTO 
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA – CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante: EDILBERTO ARIAS LÓPEZ C.C. 4.450.388, quien Falleció en la fecha diecisiete (17) del mes de Mayo del año dos mil quince (2015) en la ciudad de Pereira, Risaralda; Siendo Pensilvania, Caldas su último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 022 de fecha catorce (14) de noviembre de 2024 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, quince (15) de noviembre de 2024, siendo las 8:00 A.M. NOTARIO, JAIME HORACIO ARISTIZÁBAL HOYOS. NOTARIO. FECHA DE DESFIJACION: 
19-XI-24-H129427

NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS 
CALLE 3ª N° 7 - 27 
EDICTO 
EL NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA – CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia de los causantes: LEONARDO ARANGO ARCE C.C. 1.333.666, quien Falleció en la fecha dos (02) del mes de mayo del año mil novecientos noventa y nueve (1999) en este Municipio de Pensilvania, Caldas y ROSA BERTHA PATIÑO DE ARANGO C.C 24.871.447, quien Falleció en la fecha veintiocho (28) del mes de Febrero del año dos mil veintitrés (2023) en este Municipio de Pensilvania, Caldas; siendo Pensilvania, Caldas sus últimos domicilios y asiento principal de sus negocios, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 023 de fecha quince (15) de Noviembre de 2024 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, dieciséis (16) de noviembre de 2024, siendo las 7:00 A.M. 
NOTARIO, JAIME HORACIO ARISTIZÁBAL HOYOS. NOTARIO. FECHA DE DESFIJACIÓN: 
19-XI-24-H129428

EDICTO
LA NOTARIA ÚNICA DE FILADELFIA CALDAS CITA Y EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite Notarial de Liquidación de Herencia Intestada del causante: GILDARDO DE JESÚS MUÑOZ DÍAZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número: 14.962.614 expedida en Cali Valle, quien falleció el 02 de septiembre de 2023 en Neira Caldas, siendo el último domicilio y el asiento principal de los negocios del causante el Municipio de Filadelfia Caldas. El trámite fue admitido mediante acta número 009 de fecha de 16 de noviembre de 2024. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una radiodifusora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o. del Decreto 902 de 1988 con sus respectivas modificaciones realizadas por los artículos 3° y 4° del Decreto 1729 de 1989. Se fija el presente Edicto en lugar público de la Secretaría de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles, hoy 16 de noviembre de 2024, a las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JUAN CARLOS GIRALDO SALAZAR. NOTARIO ÚNICO DE FILADELFIA CALDAS.
19-XI-24-H129433

EDICTO 
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA de sucesión INTESTADA DE LA CAUSANTE MARÍA BEATRIZ OSPINA PULGARÍN Y/O BEATRIZ OSPINA DE CASTAÑO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 25.169.902, fallecido el día 21 de octubre de 2024, en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día SIETE (07) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024„ mediante ACTA NÚMERO MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS (1.323) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día, DIECISÉIS (16) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), 
CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-XI-24-H129425

EDICTO 
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA DOBLE E INTESTADA DE LOS CAUSANTES los señores JOSÉ SILVIO GIRALDO GIRALDO Y DOLLY ARROYAVE DE GIRALDO quienes en vida se identificaban con las cédulas de ciudadanía números 1.200.977 y 24.290.849 respectivamente y fallecieron el día el 24 de Noviembre de 2018 y 17 de Noviembre de 1995 respectivamente, en la ciudad de Manizales, siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día JUEVES, TREINTA Y UNO (31) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), mediante ACTA NÚMERO MIL TRESCIENTOS TRES (1.303) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día SÁBADO, DIECISÉIS (16) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), 
CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-XI-24-H129423

EDICTO 
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante la señora CLAUDIA MILENA JARAMILLO ZULUAGA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.436.919, fallecida el 18 de marzo de 2008. Siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. 
Aceptado el trámite en esta Notaría el día JUEVES, CATORCE (14) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024, mediante ACTA NÚMERO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE (1.359) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día DIECISÉIS (16) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-XI-24-H129426

EDICTO 
EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante la señora LILIA VILLALBA ROMERO Y/O DE PACHECO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 20.878.102, fallecida el 08 de noviembre de 2023. Siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día JUEVES, SIETE (07) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024, mediante ACTA NÚMERO MIL TRESCIENTOS VEINTE (1.320) para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día DIECISÉIS (16) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las ocho de la mañana 8:00 a.m. y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), CLAUDIA MARCELA GRANADA MARÍN (E). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.
19-XI-24-H129424

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DE LA CAUSANTE NELLY Y/O MARÍA NELLY OSORIO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía 24.360.746, y falleció  en la Ciudad de Aguadas, Caldas, el día diez (10) de diciembre de dos mil veintidós (2022), tal y como se acredita con el registro civil de defunción inscrito en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas, Caldas, bajo el indicativo serial número 5303460, con fecha de inscripción del 12 de diciembre de 2022, (siendo el lugar de Aguadas (Caldas) su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos). Aceptado el trámite en esta Notaría el día quince (15) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), mediante Acta número TREINTA Y OCHO (38). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el dieciséis (16) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto se desfijará el día tres (03) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) siendo las 6:00 pm. EL NOTARIO MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS.
19-XI-24-H129429

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DEL CAUSANTE ROBERTO OROZCO ZAPATA, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía 1.222.953, y falleció en la Ciudad de  Manizales, Caldas, el día treinta (30) de noviembre de dos mil cuatro (2004), tal y como se acredita con el registro civil de defunción inscrito en la Notaría Primera del Círculo de Manizales, Caldas, bajo el indicativo serial número 4774598, con fecha de inscripción del 30 de noviembre de 2004, (siendo el lugar de Aguadas (Caldas) su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos). Aceptado el trámite en esta Notaría el día quince (15) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), mediante Acta número TREINTA Y NUEVE (39). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el dieciséis (16) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto se desfijará el día tres (03) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) siendo las 6:00 pm. EL NOTARIO MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS.
19-XI-24-H129430

EDICTO 
EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA DE LA CAUSANTE MARTA DILIA LÓPEZ NIETO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía 24.368.788, y falleció  en la Ciudad de Aguadas, Caldas, el día veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023), tal y como se acredita con el registro civil de defunción inscrito en la Registraduría Municipal del Estado Civil de Aguadas, Caldas, bajo el indicativo serial número 11415603, con fecha de inscripción del 26 de octubre de 2023, (siendo el lugar de Aguadas (Caldas) su último domicilio el asiento principal de sus negocios y el lugar donde dejó sus bienes relictos). Aceptado el trámite en esta Notaría el día dieciséis (16) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), mediante Acta número CUARENTA (40). Para los fines indicados en el artículo 3° del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el diecinueve (19) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación, vencido el término este edicto se desfijará el día cuatro (04) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) siendo las 6:00 pm. EL NOTARIO MARCO AURELIO RAMÍREZ LÓPEZ. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE AGUADAS.
19-XI-24-H129431

17001-23-33-000-2024-00118-00
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS
SALA 4ª UNITARIA DE DECISIÓN ORAL
Magistrado Ponente: AUGUSTO MORALES VALENCIA
Manizales, dieciséis (16) de JULIO de dos mil veinticuatro (2024)
A.I. 211
Por reunir los requisitos legales, ADMÍTESE la demanda que en ejercicio del medio de control de PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS E INTERESES COLECTIVOS promueve el señor ENRIQUE ARBELÁEZ MUTIS contra la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S. - SAE, por lo que conforme al artículo 21 de la Ley 472 de 1998, se dispone: 1. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE este proveído al representante de la accionada; el traslado de la demandada será por el término de diez (10) días contados a partir del vencimiento del término de dos (2) días previsto en el artículo 199 inciso 4º·de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021. Dentro del término de traslado podrá contestar la demanda, solicitar la práctica de pruebas y proponer excepciones, conforme lo disponen los artículos 22 y 23 de la Ley 472 de 1998. La sentencia se dictará en el término que refiere aquel mandato 22, si las circunstancias lo permitieren. 2. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE esta providencia al señor Defensor del Pueblo (artículo 13 de la Ley 472 de 1998), con remisión de copia digital de la demanda y de este proveído (artículo 80 Ib.). 3. NOTIFÍQUESE este auto al señor Procurador Judicial Administrativo (incisos 6 y 7, artículo 21, Ley 472 de 1998). 4. INFÓRMESE sobre la existencia del presente trámite a los miembros de la comunidad, a través de un medio masivo de comunicación para los fines del artículo 24 de la Ley 472 de 1998 (Art. 21 ídem). Para tal efecto, REQUIÉRESE a la parte actora para que allegue al expediente, en un término de diez (10) días contados a partir del día siguiente a la notificación de este proveído, constancia de la respetiva publicación. 5. ADVIÉRTASE a las partes y a los demás intervinientes, que dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento del término del traslado a la entidad demandada, se citará a audiencia de pacto de cumplimiento (artículos 22 y 27 de la Ley 472 de 1998). NOTIFÍQUESE AUGUSTO MORALES VALENCIA. Magistrado. Constancia: el presente auto fue firmado electrónicamente en la sede electrónica para la gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con la ley.
19-XI-24-H129422
 

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