Los maestros de Caldas pararon 12 días en este 2024 con el propósito de participar en protestas, entre las cuales exigieron derechos a salud digna y otros. Ahora, un sindicato dice que sus afiliados sí recuperarán días, otro indica que no acatará las directrices de autoridades educativas. 

Foto I Archivo I LA PATRIA

Los maestros de Caldas pararon 12 días en este 2024 con el propósito de participar en protestas, entre las cuales exigieron derechos a salud digna y otros. Ahora, un sindicato dice que sus afiliados sí recuperarán días, otro indica que no acatará las directrices de autoridades educativas. 

LA PATRIA I Manizales

Este año el cese de actividades de maestros por los paros sumó doce días en colegios públicos de Caldas. Siete correspondieron a días incluidos en las 40 semanas de clases con estudiantes. Y cinco, la Semana Institucional (labores de docentes sin alumnos) del 17 al 21 de junio. Unos maestros los recuperarán y otros no, de acuerdo con las directrices de sus sindicatos.

Educadores Unidos de Caldas (Educal), que reúne a cerca de cinco mil 200 profesores, llegó a acuerdos con las secretarías de Educación de Manizales y de Caldas para reponer estos días.

Juan Carlos Martínez, quien era el presidente de la organización sindical durante los paros, está de acuerdo con la posición de la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode) de la cual Educal es filial.

"La orientación de Fecode es en doble sentido. Uno, consensuar la recuperación de contenidos y saberes. Y dos, este es un compromiso de los maestros como parte de la responsabilidad académica y pedagógica con las comunidades", explica Martínez.

La Secretaría de Educación de Caldas emitió la circular 164 que generó rechazo en Educal. "La semana institucional, según ese documento, se debía recuperar en una semana de vacaciones de los docentes y no estuvimos de acuerdo. Hicimos la solicitud y por eso, la Secretaría emitió una nueva circular, la 174 con esos cambios", comenta el nuevo presidente de Educal, Iván Rodríguez. (Ver recuadro Estrategias de recuperación).

La nueva circular incluye los tiempos de reposición, tanto por los ceses que afectaron la labor con alumnos y por la semana institucional de los educadores. "La circular debe ser cumplida en su cabalidad por los directivos-docentes y los profesores con el acompañamiento y seguimiento del Consejo Directivo", indica el secretario de Educación departamental, Luis Herney Vargas.

Martínez, quien ahora ya es el vicepresidente de Educal, explica cómo se recuperan estos días en la práctica. "En el caso de los alumnos vamos a poner un ejemplo, pues lo resuelto es que sea por contenidos. Entonces, si un niño el día del paro debía recibir una clase sobre las tabla de multiplicar por 3, el docente se debe comprometer ante el rector a que este niño aprenda esa multiplicación".

Una madre, cuyo hijo cursa bachillerato, considera que se debe reponer por días. "En mi época de estudiante recuperábamos hasta los sábados". Otra señora, con un niño de primero, prefiere que sea por contenidos. "Lo importante es que si la meta es que aprenda a leer, que el docente cumpla con eso".

 

Sin acatar

En Caldas también funciona el Sindicato Unidos por la Educación (SUPE) con alrededor de 700 docentes. "No estamos de acuerdo en la exigencia de recuperación del tiempo no laborado durante la huelga, legítimamente convocada por nuestro sindicato el día 12 de junio de 2024".

La organización, además, deja constancia de que lo que hubo el 5 y 6 septiembre fue asamblea extraordinaria.

María Victoria Gutiérrez, presidenta del SUPE, dice que la decisión se fundamenta en que la huelga es un derecho fundamental, garantizado por el artículo 56 de la Constitución Política de Colombia, y regulado por el Código Sustantivo del Trabajo.

Añade: "En el contexto de la huelga, convocada por SUPE, este derecho se ejerció de manera legal y conforme con las normas que rigen el ejercicio de la protesta sindical".

La líder sindical argumenta también que ninguna autoridad administrativa tiene la competencia para declarar una huelga ilegal. "Solo un juez, en un proceso debidamente adelantado, puede emitir un fallo sobre la legalidad de una huelga. Por eso, añade: "hasta que no exista tal pronunciamiento judicial, ningún docente está obligado a recuperar el tiempo dejado de laborar durante la huelga".

Adiciona que exigir la recuperación del tiempo laborado durante el ejercicio de un derecho fundamental constituye una medida que puede ser considerada como una represalia o un abuso de autoridad por parte de las secretarías de Educación. Es el Ministerio el que debe ordenar cualquier cambio en el calendario. "Estamos evaluando las acciones legales para proteger los derechos de nuestros afiliados", finaliza Gutiérrez.

Estrategias de recuperación

La Secretaría de Educación de Caldas emitió la circular 174 con las directrices para recuperar los 12 días de los paros del presente año:

1. Los días correspondientes a la semana de desarrollo institucional, del 17 al 21 de junio, se recuperarán con las dos horas de jornada laboral completa en las semanas de desarrollo institucional de receso estudiantil de octubre y la que falta por desarrollarse, aportando los productos y trabajos que por consenso establezcan con los rectores de las instituciones educativas.

2. Los días correspondientes al 12, 13 y 14 de junio del paro nacional convocado por Fecode, se recuperarán sin extender la jornada escolar, ni la jornada laboral de ocho horas y sobre los contenidos de las asignaciones académicas correspondientes a los tres días, en las dos horas adicionales de la jornada laboral (es decir, dentro de las ocho horas), acordando con el rector de la institución educativa la recuperación de las dos horas efectivas de participación en el paro nacional, según las condiciones particulares de cada establecimiento o educativo. Esta recuperación deberá ejecutarse entre el 15 de octubre y el 14 de noviembre.

3. Recuperar cuatro días de paro con el criterio de reivindicar la importancia de la salud mental y el derecho fundamental a la salud del magisterio caldense, asistiendo a cuatro actividades a desarrollarse sobre salud mental y sobre los nuevos lineamientos de salud del Acuerdo 03 de 2024 para acceder a los servicios médico-asistenciales y el taller práctico de herramientas de auxilios psicológicos que redunden en beneficios para salud mental del magisterio en general, las cuales se llevarán a cabo en cuatro medias jornada dentro de las seis horas de permanencia de los docentes en la institución educativa.

 

Del expresidente

En su informe de gestión, como presidente de Educal, el ahora vicepresidente de Educal, Juan Carlos Martínez, incluyó su posición sobre la recuperación de los 12 días de paro del magisterio:

"RECUPERACIÓN DEL TIEMPO DE PARO. Durante el paro nacional llevado a cabo el presente año, en la CIRCULAR No. 36 del 20 de junio del año 2024, como conclusión de la Junta Nacional, entre otros aspectos FECODE  orientó a sus filiales: “Consensuar la reposición de contenidos y saberes, como parte de nuestra responsabilidad académica y pedagógica con las comunidades educativas del país”, en su momento, propuse en la Junta Directiva presentar una propuesta de recuperación, a lo que la respuesta fue negativa, con argumentos como que hasta que no se hiciera la solicitud por parte de la Secretaria de Educación o del Ministerio no se haría recuperación, mismo argumento que esgrimen los del sindicato del SUPE; ante lo anterior, con el debido respeto, me permito manifestar la equivocación y el desconocimiento de la ley en materia laboral, esperar, como lo piden algunos que el paro sea declarado ilegal para proceder al descuento, es una irresponsabilidad, ya que la declaratoria de ilegalidad de un paro por parte de un juez, no tiene el propósito de hacer descuento del salario, sino de realizar el despido de los trabajadores que participaron en la huelga, y eso sería un consecuencia mas brutal, que beneficiosa, sino miren lo que establece en sentencia del Consejo de Estado al respecto: “Tampoco es cierto que para la cesación del pago del salario por servicios no laborados, sea menester que haya una previa declaración de ilegalidad de la huelga, pues el soporte de la medida, como ha quedado determinado por la jurisprudencia, es la propia realidad de la relación laboral, de modo que no es posible erogar el dinero del patrimonio público sin que haya una debida contraprestación, es decir no puede haber ingresos o pagos no causados. Como es sabido la declaratoria de ilegalidad de una huelga, competencia atribuida al Ministerio de la Protección tiene una función distinta: permitir el despido. De este modo, resulta impertinente el argumento del demandante y por ello deberá desecharse”, a lo anterior se suma la orientación de FECODE en doble sentido, UNO consensuar la recuperación de contenidos y saberes y DOS, este es un compromiso de los maestros como parte de la responsabilidad académica y pedagógica con las comunidades; ahora bien, exponer al magisterio a una demanda de ilegalidad de un cese es ponerlo en riesgo de un proceso de despido, o de un descuento de salario, y por otro lado, es desconocer el compromiso ético y agrego, político con las comunidades, en especial con nuestros estudiantes.


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