Comerciante Sebastián Camilo Guevara Díaz, de Marmato, con 29 años de edad.
LA PATRIA | MANIZALES
Ya hay condena, a 8 años de cárcel, para Sebastián Camilo Guevara Díaz, acusado de asesinar el 28 de abril pasado, en la salida de un bar de Marmato, a Diana María López Bedoya. Su sentencia fue por homicidio simple. Le clavó un cuchillo en el pecho a su víctima.
Sin embargo, la familia de la víctima no quedó conforme con esta decisión, pues insiste en que se trató de un feminicidio y que los años que le dieron por este crimen son muy pocos. Por eso su abogado apeló de la decisión y será el Tribunal Superior de Manizales quien defina esta situación.
A la pena se llegó mediante preacuerdo entre Fiscalía y defensor del procesado. Pasó de autor a cómplice, cambio permitido por la jurisprudencia a la hora de buscar los consensos. No se le otorgó ningún beneficio adicional a la rebaja del 50% por aceptar cargos.
Para el ente acusador, las circunstancias en que ocurrieron los hechos, sumado a que atacante y fallecida ni siquiera se conocían, no permitieron plantear el delito de feminicidio.
Al condenado lo aprehendieron en flagrancia y lo llevaron a audiencia. Lo mandaron para la cárcel, su abogado apeló, pero la decisión fue confirmada.
En un video proyectado durante el proceso se ve que el sujeto ataca a la mujer sin importarle la presencia de la Policía.
¿Cuándo es feminicidio?
No toda muerte de una mujer es feminicidio. Se considera así cuando lo ejecuta quien haya tenido una relación íntima con la víctima, ejerza sobre el cuerpo y la vida de ella actos de instrumentalización de género o sexual, o cometa el delito aprovechando relaciones de poder ejercidas sobre la mujer para generar terror o humillación.
El crimen ocurrió afuera de los Ángeles y pasión, sector San Pedro, de Marmato.
Esta muerte generó rechazo en Marmato.