Foto | COrtesia el comercio | LA PATRIA El lunes pasado el ministerio de Minas y Energía de Colombia suspendió la exportación de energía eléctrica a Ecuador y las consecuencias no se hicieron esperar en un país que vive la peor sequía de los recientes 60 años.

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El lunes pasado el ministerio de Minas y Energía de Colombia suspendió la exportación de energía eléctrica a Ecuador y las consecuencias no se hicieron esperar en un país que vive la peor sequía de los recientes 60 años.

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EFE | LA PATRIA | Quito

El vecino Gobierno de Ecuador anunció que desde hoy tendrá racionamientos de electricidad en periodos de dos y cuatro horas diarias entre lunes y jueves a escala nacional.

El Ministerio de Energía precisó que los apagones afectarán a las nueve empresas que distribuyen la electricidad en el país como la estatal CNEL, que suministra a las zonas costeras, incluida la ciudad portuaria de Guayaquil, la más poblada del país.

La reanudación de las lluvias en estos días, que han mejorado los caudales de los ríos que nutren a las hidroeléctricas, generaron que los periodos de cortes de electricidad se redujeran este fin de semana. En las dos últimas semanas Ecuador ha afrontado la peor sequía en 60 años, lo que afecta la generación de las hidroeléctricas.

El Gobierno ha anunciado medidas de medio y largo plazos para atender la crisis energética como la contratación de una barcaza de generación de 100 megavatios, que ya está en funcionamiento.

Además, el Ministerio de Energía ha solicitado a las empresas privadas tener activados sus generadores eléctricos a combustible todo el tiempo que sea posible durante el día para reducir la demanda del sistema eléctrico nacional.

 

Colombia suspendió el suministro

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia emitió el pasado 1 de octubre una resolución con la que suspendió la exportación de energía eléctrica a Ecuador como medida transitoria dado el bajo nivel de los embalses de suministro hidroeléctrico.

Se modificó el artículo 1 de la Resolución 40330 de 2024, de forma que quedó establecida así: “A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución las exportaciones de energía eléctricase realizarán únicamente haciendo uso de alguna de las siguientes alternativas de generación, siempre que la alternativa elegida, no se requiera en el despacho económico para cubrir la demanda total doméstica o nacional”.

La resolución, compuesta de cuatro artículos, señala, entre otros aspectos, que las exportaciones de energía eléctrica se harán haciendo uso algunas alternativas, tales como: plantas térmicas que operen combustibles líquidos, o despachadas centralmente, de la generación del Sistema Interconectado Nacional aplicando las reglas establecidas en las Resoluciones Creg 004 de 2003, Creg 014 de 2004, Creg 025 de 1995, Creg 112 de 1998, o aquellas que la modifiquen o sustituyan.

En el artículo 3 se estableció la Suspensión Temporal de las Exportaciones de Electricidad basado en el seguimiento y análisis de las variables energéticas y eléctricas desarrollado por el Centro Nacional de Despacho, CND.

Esta medida coincide con la mayor crisis energética que atraviesa Ecuador en los últimos 60 años. El artículo 4 dice que la vigencia de la resolución regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial.


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