Fotos | Cortesía de la familia | LA PATRIA
Joaquín Emilio Torres Gómez llevaba 30 años junto a su esposa, Astrid Restrepo.
LA PATRIA | MANIZALES
Astrid Restrepo no puede ocultar su dolor e impotencia por la muerte de su esposo, Joaquín Emilio Torres Gómez, de 56 años, con quien compartió durante los últimos 30.
El señor viajaba en bicicleta a las 9:00 de la noche del pasado domingo 27 de octubre, por la recta de Guayabal, en Chinchiná, y fue arrollado por una motocicleta. Lastimosamente murió en el lugar, producto de los golpes.
Astrid habló con LA PATRIA. “Él trabajaba toda la semana, derecho. El domingo les daba comidas a los animales en la mañana, volvía a la casa al mediodía y en la tarde retornaba a suministrarles de nuevo alimento. Viniendo el pasado domingo, a las 9:00 de la noche, esa moto me lo mató”.
La mujer, desde la casa-finca de la vereda Guayabal, donde vive, explicó que les indicaron que el motociclista iba alcoholizado, que lo tenían en Chinchiná, pero que lo remitieron a Manizales porque quedó muy golpeado.
“En Guayabal vivimos hace 10 años, tenemos 3 hijos. Muy buen papá, responsable. El niño presta servicio en la Policía y la grande se fue a vivir aparte. Era muy lindo conmigo, muy dedicado a la familia. Trabajó en la finca La Milagrosa y luego en un restaurante, desde hace cuatro años, al lado del crematorio, en oficios varios. Mi esposo era de Puerto Berrío (Antioquia)”.
Joaquín, con uno de sus hijos.
Siempre usó cómo medio de transporte la bicicleta y le encantaba desplazarse en ella para todas sus labores. Una vez se accidentó en el municipio y se descompuso un pie.
Esta familia pide que se haga justicia. No solo por el dolor, sino porque frustraron sueños. “El domingo fue todo lindo conmigo, estuvimos acá juntos, se despidió de mi bien, me dijo que no se demoraba y vea. Quería ir a ver a la mamá el otro mes, que anda muy delicada”. Las exequias del campesino fueron ayer.
Jhon Alexánder Arboleda, secretario de Tránsito de Chinchiná, le dijo a Caracol Radio que al parecer el motociclista invadió el otro carril y atropelló al ciclista. "La prueba de embriaguez salió positiva”, expresó.
Lo que pasa cuando se atropella a alguien con un vehículo
Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en algo que se llama lesiones culposas. Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo. Un juez penal le explicó a este medio cómo funciona eso.
El delito
Actualmente coexisten dos códigos de procedimiento penal: Ley 600 del 2000 para delitos cometidos antes del 1º de enero del 2005; y la Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Acusatorio), para delitos cometidos después de esa fecha. En el primero, si se indemnizaba, existía una figura que permitía el archivo de los casos de homicidio culposo y lesiones personales culposas. En el segundo, no existe esa posibilidad.
Agravantes por estado de embriaguez en accidente de tránsito
El delito se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga).
En esos casos, así haya indemnización, no puede archivarse. De no existir agravantes y sí indemnización, se acude ante el juez penal del circuito, si es homicidio culposo; o penal municipal, si son lesiones personales culposas, para que el fiscal delegado solicite la preclusión de la investigación y el archivo del proceso.
Penas por homicidio culposo
Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. La multa, de 26,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.
Para las lesiones, depende de la gravedad del resultado de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las 4/5 partes.
¿Es necesario acusar siempre?
Para presentar acusación, es necesario que la Fiscalía recopile suficientes pruebas para demostrar la probabilidad de que el conductor es el autor del hecho. No cualquier evidencia es relevante para acusarlo. Al iniciar un juicio, el ente acusador no puede improvisar, sino llevarle al juez ese convencimiento para lograr una sentencia condenatoria. Si la prueba es insuficiente, puede pedir la preclusión.
Indemnizaciones
Si durante la etapa de investigación y conocimiento no se llega a un acuerdo indemnizatorio, y se profiere condena, la víctima tiene la oportunidad de acudir al incidente de reparación integral. Para eso cuenta con un mes después del fallo. Debe demostrar los perjuicios para que el juez la decrete y ordene su cancelación. Si la víctima es menor de edad, el incidente se inicia de oficio, sin que haya necesidad de solicitarlo.
Portando con orgullo un certificado.
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