EMPLAZAMIENTOS

 

EDICTO No. ESU 0251

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho de intervenir en el Trámite de liquidación de Herencia del causante JESÚS MARÍA FRANCO ARANGO CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 4.571.839. Fallecido el día DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL DOS MIL DIECINUEVE (2019), en la ciudad de BOGOTÁ D.C., y su último domicilio el MUNICIPIO DE LA DORADA (CALDAS) y asiento principal de sus negocios. Quienes se consideren con derecho a concurrir a esta liquidación, deberán hacerlo hasta diez (10) días después de publicado el presente edicto. Este trámite se cumple por solicitud presentada el día 10 DE DICIEMBRE DE 2024, por el Doctor NILTON ERIC CUÉLLAR OTAVO, abogado titulado y en ejercicio, portador de la Tarjeta Profesional número 402511 del Consejo Superior de la Judicatura y de la CÉDULA DE CIUDADANÍA número 1.054.570.654, quien obrando como apoderado de MARÍA LUCEIDA AGUIRRE GONZÁLEZ IDENTIFICADA CON CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 25.107.612, EN CALIDAD DE CESIONARIA DE DERECHOS HERENCIALES. Se inició el trámite mediante el ACTA No. AAS 0134 del 10 DE DICIEMBRE DE 2024, por la cual se ordena la publicación del edicto en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora local en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 3° Del Decreto 902 de 1988, modificado parcialmente por el Decreto 1729 de 1989, acta donde también se ordenó la fijación del edicto en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija el día 11 DE DICIEMBRE DE 2024 a las 8:00 a.m. y se desfijará el día 21 DE DICIEMBRE DE 2024 a las 12:00 M. Este EDICTO se elaboró el día 10 DE DICIEMBRE DE 2024. EL NOTARIO JOSÉ FABIÁN FLÓREZ BUITRAGO. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE LA DORADA (CALDAS). EL PRESENTE EDICTO SE DESFIJA el día 21 DE DICIEMBRE DE 2024 a las 12:00 M.

12-XII-24-H129605

 

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE

EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE SUCESIÓN INTESTADA E ILÍQUIDA DEL CAUSANTE EL SEÑOR JOSUÉ HERNÁNDEZ CHICA, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 1.417.745, CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL

ASIENTO PRINCIPAL DE SUS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 101 del ONCE (11) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024. SE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL

TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY ONCE (11) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2024, SIENDO LAS 8.00 A.M. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.

12-XII-24-H129603

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA CALDAS EMPLAZA: A TODAS LAS PERSONAS QUE SE CONSIDERAN CON DERECHO A INTERVENIR, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, EN EL TRÁMITE NOTARIAL DE SUCESIÓN TESTADA E ILÍQUIDA DEL CAUSANTE EL SEÑOR PEDRO ALONSO ARANGO MANJARRES, QUIEN SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 71.606.432, CUYO ÚLTIMO DOMICILIO Y EL ASIENTO PRINCIPAL DE SÚS NEGOCIOS FUE EL MUNICIPIO DE VILLAMARÍA. ACEPTADO EL TRÁMITE EN ESTA NOTARÍA MEDIANTE ACTA NÚMERO 100 del NUEVE (09) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024. SE ORDENÁ LA PUBLICACIÓN DE ESTE EDICTO EN EL PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN Y EN LA RADIODIFUSORA LOCAL, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 3° DEL DECRETO 902 DE 1988, ORDENÁNDOSE ADEMÁS SU FIJACIÓN EN LUGAR VISIBLE DE ESTA NOTARÍA POR EL TÉRMINO DE DIEZ (10) DÍAS. EL PRESENTE EDICTO SE FIJA HOY NUEVE (09) DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL 2024, SIENDO LAS 8.00 A.M. JUAN DE LA CRUZ NAVARRO ZULUAGA. NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE VILLAMARÍA.

12-XII-24-H129604

 

NOTARÍA ÚNICA DE PENSILVANIA CALDAS

CALLE 3a N° 7 - 27

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO TITULAR DEL CÍRCULO DE PENSILVANIA - CALDAS EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los 10 días siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante: LUIS EDUARDO MONTES RAMÍREZ C.C. 1.331.397, quien falleció en la fecha veintiséis (26) del mes de Mayo del año dos

mil veintidós (2022), en la ciudad de Manizales, Caldas, siendo el Municipio de Pensilvania, Caldas su último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante acta 025 de fecha once (11) de Diciembre de 2024 y se ordena la publicación de este edicto en periódico de amplia difusión, y en emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3o del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de 10 días. El presente edicto se fija hoy, doce (12) de diciembre de 2024, siendo las 8:00 A.M. NOTARIO, JAIME HORACIO ARISTIZÁBAL HOYOS. NOTARIO. FECHA DE DESFIJACIÓN:

12-XII-24-H129606

 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO DE MANIZALES – CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión INTESTADA DE LUIS GONZAGA CORREA VÁSQUEZ QUIEN SE IDENTIFICABA EN VIDA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 1.236.780, quien tuviera como domicilio el Municipio de Manizales. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 4500 del día 10 de DICIEMBRE de 2024 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días a partir del 11 de Diciembre de 2024. Manizales, 10 de DICIEMBRE de 2024. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.

12-XII-24-H129602

 

EDICTO

EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA INTESTADA de la causante la señora MARLENY LÓPEZ MEJÍA Y/O MARLENY ESCOBAR, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.272.238, fallecida el 15 de febrero de 2023. Siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día MARTES, TRES (03) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024, mediante ACTA NÚMERO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO (1.471) para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MARTES, DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL

VEINTICUATRO (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.

12-XII-24-H129598

 

EDICTO EMPLAZATORIO

EL SUSCRITO NOTARIO CUARTO TITULAR DEL CÍRCULO DE MANIZALES – CALDAS EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los siguientes diez (10) días a la publicación de este EDICTO en un periódico, y en una radiodifusora, en el trámite notarial de la sucesión INTESTADA de la causante ROSALBA VALENCIA DE CASTRILLÓN quien se identificara en vida con la cédula de ciudadanía número 25.095.897 DE SALAMINA CALDAS, fallecida en Manizales Caldas, el día 26 de Septiembre de 2023; cuyo último domicilio y asiento principal de sus negocios, fue la ciudad de MANIZALES departamento de CALDAS. La Notaría aceptó el trámite notarial mediante acta número 4.529 del día 11 de Diciembre de 2024 y se ordenaron las publicaciones legales y fijación del edicto en la cartelera de la secretaría por el término de diez (10) días, contados a partir del DOCE (12) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). Manizales, 11 DE DICIEMBRE DE 2024. EDUARDO ALBERTO CIFUENTES RAMÍREZ. NOTARIO CUARTO TITULAR.

12-XII-24-H129601

 

EDICTO

EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA TESTADA de el causante el señor LILIA ROSA GÓMEZ ORTIZ, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 24.267.538, fallecido el 06 de abril de 2017. Siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día VIERNES, SEIS (06) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024, mediante ACTA NÚMERO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y

DOS (1.482) para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (10) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MARTES, DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T).

NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.

12-XII-24-H129596

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión Intestada de la causante MIGUEL ÁNGEL HENAO OSORIO, fallecido en la ciudad de Manizales, el día 26 de marzo de 2022, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 1.222.299 siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número DOSCIENTOS QUINCE (215) del día Diez (10) de diciembre del año (2024), se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija a los once (11) días del mes de Diciembre del año dos mil Veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO DE MANIZALES. FECHA Y HORA DE DESFIJACIÓN: DICIEMBRE, (26) DEL AÑO 2024. HORA: 6:00 PM.

12-XII-24-H129600

 

EDICTO

EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE MANIZALES (CALDAS), EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación de este Edicto, en el trámite notarial de liquidación de la Sucesión intestada de la causante RUBY CABEZAS CUÉLLAR, identificada con la cédula de ciudadanía número 28.756.794; quien falleció en la ciudad de Manizales, el día veintiséis (26) de agosto del año dos mil veintitrés (2023); siendo su último domicilio y el asiento principal de sus negocios, la ciudad de Manizales, en el Departamento de Caldas. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número doscientos diecisiete (217) del día diez (10) de diciembre de la cursante anualidad, se ordena la publicación de este Edicto en un Periódico de la ciudad de Manizales, y en una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible del Notaría, por el término de diez (10) días. El presente Edicto, se fija hoy once (11) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las ocho de la mañana (8:00 A.M.). JORGE NOEL OSORIO CARDONA. NOTARIO PRIMERO MANIZALES (CALDAS). Diciembre veintiséis (26) del año dos mil veinticuatro (2024). El presente edicto se desfija en la fecha, siendo las seis de la tarde (06:00 P.M.).

12-XII-24-H129599

 

EDICTO

EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES, DEPARTAMENTO DE CALDAS, REPÚBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del Edicto en el periódico y en la emisora correspondiente; en el trámite Notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA TESTADA de el causante el señor MARCO ANTONIO RÍOS MORALES Y FRANCELINA CARDONA CARDONA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 1.204.837 Y 24.287.658, fallecidos el 19 de septiembre de 2019 y el 14 de septiembre de 2024, respectivamente, ambos en Manizales, Siendo la ciudad de Manizales su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite en esta Notaría el día MARTES, TRES (03) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024, mediante ACTA NÚMERO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS (1.476) para los fines indicados en el artículo 3º del Decreto 902 de 1988 se fija el presente Edicto por el término de diez (1O) días hábiles en un lugar visible de la Notaría el día MARTES, DIEZ (10) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024), siendo las siete de la mañana (7:00 a.m.) y se ordena su respectiva publicación. EL(LA) NOTARIO(A), JORGE MANRIQUE ANDRADE (T). NOTARIO(A) SEGUNDO(A) DEL CÍRCULO DE MANIZALES.

12-XII-24-H129597

 

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO CUARTO DE FAMILIA

ACTA DE AUDIENCIA

ACTA AUDIENCIA ART. 392 C.G.P.

Fecha: Manizales, Caldas, dos (2) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Hora: 9:18 a.m.

INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA

Siendo la fecha y hora señalada procede el Despacho a llevar a cabo la AUDIENCIA de que trata el 392 del C.G.P., en concordancia con el art. 372 y 373 ídem, dentro del proceso ADJUDICACIÓN JUDICIAL DE APOYO radicado 17001311000420240011400 promovido por la señora MARÍA SOLEDAD OSORIO CASTRO quien se identifica con el documento de identidad No. 30.277.718 y en contra de la señora CECILIA OSORIO CASTRO quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 24.724.395. Por lo expuesto, el Juzgado Cuarto de Familia de Manizales, Caldas, administrando justicia en nombre de la república de Colombia y por autoridad de la ley, FALLA: PRIMERO: DISPONER la adjudicación judicial de apoyo en favor de CECILIA OSORIO CASTRO identificada con la cédula de ciudadanía 24.724.395. SEGUNDO: DESIGNAR como apoyo judicial de CECILIA OSORIO CASTRO a la señora MARÍA SOLEDAD OSORIO CASTRO, identificada con la cédula de ciudadanía número 30.277.718, para efectos de: 1. Administración de la cuenta de ahorros No. 351748822 de la cual es titular la señora CECILIA OSORIO CASTRO del Banco Av Villa, en la que se deposita su mesada pensional (consignaciones, retiros, retiro de mesadas pensionales, cambios de clave y manejo de tarjetas). 2. Administrar el CDT No. 5481450 que la señora CECILIA OSORIO CASTRO posee en BANCOLOMBIA (Renovar plazos, cancelar, negociar y retirar rendimientos y/o intereses, retirar capital y abrir CDT). TERCERO: ADVERTIR a la señora MARÍA SOLEDAD OSORIO CASTRO que deberá cumplir las obligaciones señaladas en los Artículos 46 y 47 de la Ley 1996 de 2019, y que deberá presentar un balance anual y así sucesivamente en cada anualidad, que conforme el artículo 41 de la citada ley. CUARTO: DISPONER que la parte resolutiva de esta providencia se publique por aviso que se insertará por una vez en el Diario La Patria. QUINTO: ORDENAR emitir copia de esta sentencia y del acta de posesión de la persona designada como apoyo, una vez asuma el cargo, para los fines pertinentes. SEXTO: SIN CONDENA EN COSTAS. SÉPTIMO: INFORMAR que el señor PROCURADOR JUDICIAL DE FAMILIA, velará por los derechos de la persona a quien se le adjudica el apoyo y el cumplimiento de la sentencia, conforme artículo 40 de Ley 1996 de 2019. OCTAVO: La presente providencia se notifica en estrados a las partes conforme lo dispone el Numeral 1° del artículo 291 y en artículo 294 del C. G. del P. TERMINACIÓN DE LA AUDIENCIA Agotado el objeto de esta audiencia se da por terminada. El acta sólo cuenta con la firma electrónica de la Jueza, por su realización en forma virtual, pero obliga a las partes en los acuerdos a los que se llegaron en la audiencia. Hora finalización: 10:03 a.m. La Juez, LINA MARÍA NARANJO CARDONA. Firmado Por: Lina María Naranjo Cardona Juez Juzgado De Circuito Familia 004 Manizales – Caldas. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación:

cbd0a27b157449d02e171b6563b90a534b491ab3bd793071e799b3 43305d47ae. Documento generado en 02/12/2024 10:15:28 AM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica

12-XII-24-H129607

 

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EDICTOS 12 DE DICIEMBRE 2024

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