Ilustración | LA PATRIA
LA PATRIA | MANIZALES
María Teresa Henao Jaramillo les dijo a sus vecinos que José Fabián Manrique Ruiz, un trabajador que estuvo laborando en su casa en unos arreglos en Semana Santa, le había robado.
Por este comentario, que resultó siendo una calumnia, terminó denunciada penalmente. Aunque en primera instancia el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Conocimiento de Manizales la absolvió, la víctima apeló y el Tribunal Superior le dio la razón.
La condena es de 16 meses y multa del 13,33 salarios mínimos legales mensuales vigentes a costo de 2017 (unos $10 millones), que deberá consignar dentro del año siguiente a la ejecutoria de la sentencia, por el delito de calumnia.
Así pasó
La narración de la Fiscalía indica que el 30 junio de 2017 la hoy condenada hizo esas afirmaciones ante la administradora del conjunto cerrado Portal de los Cerezos, donde habita. Lo mismo le comunicó a un vecino del conjunto cerrado San Bernardo del Viento y también al trabajador Manrique Ruiz.
Tras la denuncia, se citó a las partes a la audiencia de conciliación, que se realizó el 28 de mayo de 2019, pero sin acuerdo.
El 7 de noviembre de ese mismo año, el ente acusador dio traslado del escrito de acusación por calumnia. El juicio, desarrollado entre el 29 y 30 de abril de 2021, terminó con absolución, por dudas.
El abogado del trabajador anotó que nunca se supo qué fue lo que supuestamente le hurtaron a Henao Jaramillo. Tampoco denunció, ni dio a conocer el posible hecho. Solo meses después, "cuando es claro que por la seguridad de los habitantes del conjunto esta clase de acontecimientos se comunican de inmediato".
Al parecer, María Teresa no quedó a gusto con los trabajos que le hicieron dentro de la vivienda y las manifestaciones calumniosas llevaron a José Fabián a perder varios contratos que desarrollaría en Portal de los Cerezos y San Bernardo del Viento. "Fue un desquite", añadió el defensor.
El Tribunal revocó la absolución y condenó a la procesada, porque se demostró que sí efectuó esos señalamientos, como lo ratifican testigos. Además, el hurto al que hizo referencia no se demostró y mucho menos la cuantía.
-¿Usted presentó denuncia ante las autoridades judiciales por ese hurto o no?, le preguntaron a la hoy condenada.
Respondió: "No, señor, porque yo no tenía certeza de quién me había robado, entonces no podía presentar una denuncia contra alguien".
"Teniendo en cuenta las manifestaciones anteriores, para esta Sala es claro que las inculpaciones de la señora, realizadas a varias personas ya referenciadas, en contra del hoy víctima, no tenían soporte alguno que indicara que había realizado el hurto", concluyó el Tribunal.
"Si bien la Constitución Política garantiza la libertad de expresión, tampoco debe olvidarse que existen unos límites y restricciones a ese derecho que no es absoluto, y, en todo caso ello no exime de responsabilidad a quien afecte derechos ajenos con acusaciones que no se encuentra en posibilidad de acreditar": Tribunal.
A la señora le otorgaron la suspensión condicional de la pena, por el monto de la condena.