El juzgado lo negó, pues no se específico cómo adquirieron los billetes falsos. Adicional, el verbo "circular" solo se podría atribuir a la mujer que quiso comprar las manzanas, no a los demás.

El juzgado lo negó, pues no se específico cómo adquirieron los billetes falsos. Adicional, el verbo "circular" solo se podría atribuir a la mujer que quiso comprar las manzanas, no a los demás.

LA PATRIA|MANIZALES

El 18 de junio del 2024, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de La Dorada improbó el preacuerdo celebrado entre el ente persecutor y la defensa de César Custodio, Maribel, José Norberto, Érika Alejandra y Jhon Ánderson, por tráfico de moneda falsa.

La Fiscalía apeló, pero el Tribunal Superior de Manizales mantuvo esa decisión. Los hecho son del 7 de febrero de este año, a la 1:50 de la tarde, en Puerto Salgar, cuando una ciudadana se movilizaba en un vehículo en compañía de otras tres personas.

Descendió del automotor e ingresó a un establecimiento de comercio para comprar unas manzanas con un billete de $100 mil, que al parecer era falso.

 

Ojo con eso

El propietario del establecimiento de comercio que se percató de la falsedad del billete advirtió la situación a la mujer, quien después al verse descubierta recogió su dinero e ingresó de nuevo al carro en el que estaban los demás y continuó su marcha hacia La Dorada.

Según el ente acusador, en el camino los pasajeros recogieron a otro ciudadano quien continuó el recorrido con ellos.

El vendedor de las manzanas una vez se percató de la situación inició el seguimiento del vehículo donde se movilizaba la mujer.

Además, puso en conocimiento de la Policía el asunto, por lo que los uniformados minutos después, sobre la carrera 23 con calle 2, del puerto caldense, abordaron los pasajeros del automotor y los requisaron.

A cada uno le hallaron billetes falsos de distintas denominaciones y los aprehendieron en flagrancia. En audiencia negaron los cargos. A cuatro los mandaron a prisión y a Maribel le dieron domiciliaria.

En junio se planteó un preacuerdo entre las partes, que consistía en que los procesados aceptarían su responsabilidad como cómplices, con pena de 36 meses.

El juzgado lo negó, pues no se específico cómo adquirieron los billetes falsos. Adicional, el verbo "circular" solo se podría atribuir a la mujer que quiso comprar las manzanas, no a los demás.

El fiscal argumentó que los señalados tienen antecedentes penales por el mismo delito, por lo que se puede entender que se dedican comúnmente a la comisión de ese tipo de hechos. Se desplazaban de Bogotá para meter billetes falsos y quizá en el trayecto hasta La Dorada pudieron hacerlo en varias ocasiones.
El Tribunal indicó que estos argumentos son meras suposiciones. Tampoco se identificó cuál de las dos mujeres detenidos fue la que intentó comprar las manzanas.
"En consecuencia, en aras de la verificación de los términos del arreglo anticipado que han logrado los sujetos procesales, debe corroborarse que la calificación jurídica endilgada por el acusador sí corresponda con los hechos jurídicamente relevantes", concluyó.

Es decir, se debe proteger el derecho a que los señalados sí acepten algo que realmente realizaron, por lo que la Fiscalía debe readecuar la conducta a lo verdaderamente demostrable.

 

 

 

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