Foto | Cortesía GER | LA PATRIA
La pasajera, de 64 años, salió expulsada del vehículo y resultó con heridas de consideración.
Una mujer, de 64 años, resultó lesionada hacia las 11:40 de la mañana de este lunes, luego de caer de una buseta en movimiento en Manizales.
El incidente se presentó en la carrera 11 con calle 51C del barrio Villahermosa, cuando según la víctima, se subió al vehículo de servicio público y el conductor giró rápidamente en una curva, lo que provocó que saliera expulsada.
La pasajera cayó sobre la vía y socorristas del Grupo Especial de Rescate (GER) la atendieron. Presentó una herida de aproximadamente cuatro centímetros en la frente, otra en la parte derecha de la mandíbula, en el mentón y en labio superior.
También presentó raspones en el pecho, brazo derecho y dedos de ambas manos con limitación de movimiento. Asimismo, traumas con herida sangrante en muslo derecho y raspones en las rodillas. La trasladaron a la Clínica La Presentación.
Si es usuario del transporte público, debe saber
- Los vehículos de servicio público deben transitar con las puertas cerradas. Si no lo hacen, se comete una infracción. El comparendo es de $522 mil 800.
- Son solidariamente responsables en estos casos la empresa, el dueño del bus y el conductor, pero todos los gastos debe asumirlos la póliza de responsabilidad. En caso de que el SOAT se agote, la familia de la víctima puede enviar una carta a los responsables solidarios.
- Llame al #767, opción 3, para quejarse por el mal proceder de un conductor. En Manizales: Sideral (8787533), Unitrans (8708199), Socobuses (8847790), Gran Caldas (8847230), Flota Metropolitana (8827080) y Autolegal (8787511).
Lo que sigue penalmente
Cuando se atropella o lesiona a alguien con un vehículo, se incurre en algo que se llama lesiones culposas. Si el afectado muere, se habla de homicidio culposo, explicó un juez.
- Agravantes. El delito se agrava cuando se causa en estado de embriaguez, bajo el efecto de sustancias alucinógenas o se abandona sin justa causa el sitio del accidente (fuga).
- Penas. Para el homicidio culposo, según el artículo 109 del Código Penal, la pena mínima es de 32 meses y, la máxima, de nueve años. La multa, de 26,66 salarios mínimos legales mensuales vigentes y se prohíbe conducir vehículos entre cuatro y siete años y medio.
- Para las lesiones, depende de la gravedad del resultado de las heridas, que dictamina Medicina Legal. Por ejemplo, si produce deformidad permanente, la pena mínima es de 32 meses, pero queda en 6 meses y 12 días, porque el delito se comete de manera culposa (sin intención) y se rebaja las 4/5 partes.
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