Jéssica Britney González Motato, condenada por intento de homicidio.

Foto | Cortesía Fiscalía | LA PATRIA

Jéssica Britney González Motato, condenada por intento de homicidio.

La Policía capturó en enero pasado en Riosucio a Jéssica Britney González Motato, para que pague una pena de prisión de 8 años y 8 meses de prisión por intento de homicidio, tras agredir en el 2019 a otra mujer en Riosucio.

Su caso fue motivo de estudio del Tribunal Superior de Manizales, que fue el que determinó que la hoy condenada debía responder por este delito, y no por lesiones personales, como lo indicó el Juzgado Penal del Circuito del municipio del occidente caldense.

Así mismo, la Sala Penal absolvió a una amiga de Jéssica Britney, pues se concluyó que protagonizó una riña con la víctima, a quien no conocía, sin percatarse del grave ataque que se iba a cometer su compañera.

 

Fiscalía dice que sí la intentaron matar

El ente acusador expuso que los hechos ocurrieron el 25 de agosto del 2019, a las afueras de un bar, en donde la víctima sostuvo una discusión con las otras dos mujeres, quienes la agredieron.

Añadió que Raquel sujetó con fuerza del cabello a su contrincante, momento que aprovechó Jéssica Britney para quebrar una botella y causarle cinco lesiones en distintas partes del cuerpo a la afectada, que por la gravedad de sus lesiones tuvo que estar hospitalizada y de acuerdo con el dictamen médico, su vida corrió peligro.

 

Pasó de intento de homicidio a lesiones

El 21 de septiembre del 2020 se llevó a cabo la formulación de imputación por intento de homicidio agravado y tras el juicio oral, en octubre de ese mismo año, el juez condenó a ambas mujeres por lesiones personales dolosas.

Argumentó que todo empezó por un roce de Jéssica Britney con la víctima, a quien luego abordó Raquel, se generó una riña y posteriormente llegó el ataque con la botella. Dijo que no hubo una clara determinación de acabar con la vida de la víctima.

Las procesadas no tenían armas a la mano y la intempestiva respuesta de la hoy condenada no comprometió órganos vitales y la emotividad causada por la euforia y el licor no permitía intuir un plan mortal. Las condenó a 1 año y 4 meses, y les permitió la libertad condicional.

La Fiscalía se opuso a dicha decisión y argumentó que se quebrantó el principio de imparcialidad al asumir una defensa de las procesadas, tras desechar las conclusiones del médico, que demostró que sí hubo riesgo de muerte.

También sostuvo que la forma en la que se dio el ataque consistió en una emboscada, las mujeres pusieron en estado de indefensión a la otra persona y eso demostraba la intención de querer matarla.

 

Absolución para una y aumento de condena a otra

El Tribunal indicó que el Juzgado de Riosucio no refutó desde la ciencia los hallazgos de los médicos, pues en la historia clínica se consignaron datos relevantes como las lesiones causadas en cara, cuello, cabezas y brazos de la mujer, así como el procedimiento que salvó su vida y la incapacidad que tuvo.

Descartó la coautoría de Raquel y por eso la absolvió, pero a Jéssica Britney González Motato le cambió el delito de lesiones a intento de homicidio. Sostuvo que aunque no hubo amenazas ni reproches, atacó por la espalda a su víctima y sin permitirle defenderse, le "encajó la afilada botella".

Se comprobó la intención de causarle daño, a tal punto de que estuvo cerca de acabar con su vida. Por eso se aumentó la condena y se ordenó la captura inmediata, para que pague en prisión la pena impuesta.

 

Dictamen médico sobre la lesionada

Según los médicos, la víctima recibió una incapacidad de 20 días y se afectaron vasos sanguíneos de manera grave.

 


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